Identidad para todxs.

A través de un decreto que modifica la Ley de Identidad de Género, el gobierno incorporará en los DNI la posibilidad de que las personas que no se reconocen dentro del sistema binario femenino/masculino puedan identificarse con una tercera opción, la letra «X».

A través de la publicación del Decreto 476/2021 en el Boletín Oficial, el gobierno dispuso que el Registro Nacional de las Personas (Renaper) «deberá adaptar las características y nomenclaturas de los DNI y de los Pasaportes que emite, con exclusividad, con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley Nº 26.743».

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La normativa sostiene que «se incorporará una tercera opción documentaria en la categoría ‘sexo’ en el DNI y el Pasaporte, con el fin de contemplar el derecho a la identidad de género respecto de aquellas personas que no se reconocen dentro del sistema binario femenino/masculino».

El DNI que cuente con la letra «X» en la zona reservada al sexo «tendrá validez como Documento de Viaje a los efectos establecidos en el Acuerdo sobre Documentos de Viaje de los Estados Partes del Mercosur y Estados Asociados».

«La nomenclatura “X” en el campo ‘sexo’ comprenderá las siguientes acepciones: no binaria, indeterminada, no especificada, indefinida, no informada, autopercibida, no consignada; u otra acepción con la que pudiera identificarse la persona que no se sienta comprendida en el binomio masculino/femenino».

Se detalló que la norma será aplicable también a aquellas personas nacionales a las que se les hubieran expedido Partidas de Nacimiento en el marco de la Ley Nº 26.743, «con anterioridad a la vigencia de esta medida, sin perjuicio de lo consignado en la partida de nacimiento en la categoría “sexo».

Por otra parte, en un plazo máximo de 120 días, la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) deberá informar como se implementará el régimen jubilatorio de las personas que se identifiquen como no binarias, ya que actualmente no las contempla.

Entre sus argumentos, el decreto señala que «el derecho a la identidad tiene una directa e indisoluble vinculación con el derecho a no sufrir discriminación, a la salud, a la intimidad y a realizar el propio plan de vida».

Fuente: diario judicial

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