Hay consenso para que la Justicia Penal pase a un sistema acusatorio

Es el principal cambio del Código Procesal Penal que están debatiendo. Le da más funciones al fiscal.

Hay un acuerdo generalizado entre los poderes Judicial, Legislativo y Ejecutivo, y los colegios profesionales y académicos de que el Código Procesal Penal debe modificarse para pasar del sistema inquisitivo mixto que actualmente rige en San Luis a uno acusatorio, que se aplica en otras provincias del país.

A grandes rasgos y con fines sintéticos para la realización de esta nota, implica que la investigación de los casos quede en manos de los fiscales, en vez de los actuales jueces de instrucción. Estos, a su vez, pasarían a ser jueces de garantías, tomarían decisiones a partir de la información presentada por el fiscal y la defensa del acusado. Según aseguraron a El Diario de la República múltiples participantes de la comisión que elabora el proyecto de modificación del Código Procesal Penal desde la semana pasada, implicaría un mayor plano de igualdad entre acusado y víctima, y menor vicio en las decisiones que tome el juez, que ya no estará a cargo de la investigación y solo juzgará sobre la base de lo que presente el fiscal. 

«Garantizás la imparcialidad del juez y a la defensa le asegurás un juego más equitativo, porque si a vos te va a juzgar la persona que te investigó, no tenés muchas chances o por lo menos tenés pocas», apuntó la profesora de Derecho Penal y Procesal Penal de la Universidad Católica de Cuyo, y defensora oficial ante el Tribunal Oral Federal de San Luis, Claudia Ibáñez, quien integra la comisión como representante académica.

«Ahora son dos contra uno, fiscal y juez contra la defensa. Con este sistema, sería fiscal contra defensa y decide el juez. Y como este no investigó, se supone que está más puro, menos impregnado y parte de menos prejuicios», remarcó Ibáñez.

Para la ministra del Superior Tribunal de Justicia Carolina Monte Riso, pasar de un sistema a otro implicará un cambio en la estructura de fiscalías y juzgados. «En principio, el cambio fundamental tiene que ver con la estructura, habría que sumar fiscales que investiguen y en muchos lugares hay ayudantes de este, que trabajan en comisarías y que ayudan desde el lugar», detalló.

Por otro lado, los jueces de instrucción seguirían con las causas que tienen actualmente y en las nuevas pasarían a ser jueces de garantías. «A la dirección de la investigación la va a tener el fiscal, pero todas las medidas que tengan que ver con derechos o garantías constitucionales, como la intimidad, el domicilio o la libertad, pasan por el juez. El fiscal pide una medida, la defensa da sus argumentos y el juez resuelve», resumió la magistrada.

El doctor en Derecho y docente investigador de la Facultad de Ciencias Económicas, Jurídicas y Sociales de la UNSL Daniel Gorra, quien integra la comisión como representante del Colegio de Abogados de San Luis, marcó la necesidad de contar con la infraestructura y recursos humanos para que el Ministerio Público Fiscal pueda cumplir con las nuevas funciones que tendrá con el pase de sistema y también con la presencia de una Policía Judicial que no dependa del Ejecutivo.

Gorra también destacó un beneficio para los acusados bajo este nuevo paradigma. «En un sistema acusatorio, desde un primer momento se le notifica a alguien que está denunciado para que comience su derecho de defensa. En la mayoría de los casos, una persona denunciada recién toma contacto con el proceso cuando es llamada a indagatoria. Si tomara contacto desde que es denunciada, tendría mayores posibilidades de defensa», detalló.

Las razones para pasar de un sistema a otro son incluso históricas y constitucionales, en la opinión de Sandra Piguillem, jueza de la Cámara Civil, Comercial, Minas, Laboral, Penal, Correccional y Contravencional de la tercera circunscripción. «La Constitución Nacional instaura el modelo acusatorio, mientras que las provincias siguieron el código de procedimiento de la Justicia nacional desde 1888, que toma el sistema español inquisitivo», argumentó. «El objetivo de la reforma es cumplir con el mandato constitucional y a la vez que se cumpla, buscar eficacia, acortar plazos procesales, simplificar el proceso, establecer tiempos máximos de juzgamiento y definir especialmente el rol de los sujetos procesales», enumeró.

La oralidad y otras medidas

Pasar de un sistema a otro no es el único gran consenso entre todos los actores de la Justicia penal puntana. Tender a la oralidad en los procesos es otra de las grandes iniciativas que, aseguran, traerá celeridad en el servicio a los justiciables. «Todo lo que sea oral dinamiza el proceso. Con la escritura necesariamente te metés en el proceso, porque el abogado presenta el escrito, ese escrito va a la fiscalía, la fiscalía tiene un tiempo para decidir, vuelve el escrito, pasa a resolver el juez y tiene otros tantos días para resolver y por una cuestión de mero trámite, pueden llegar a pasar 15 días. En un sistema oral, se resuelve en un día», describió Ibáñez.

La ministra Monte Riso también enumeró toda una serie de herramientas que podrán utilizarse como alternativas a los juicios, que brindarían soluciones a la gente por fuera de procesos judiciales. Entre ellas está la conciliación, la reparación integral del daño, la mediación y la pena natural, figuras ya contempladas en el Código Penal, pero que no fueron reglamentadas a nivel provincial, por lo que se aplican esporádicamente. «Por ejemplo, con una estafa vos entregaste una moto, hoy tiene un valor, pero si quiero hacer una reparación de acá a dos años, perdiste un montón de plata y estuviste dos años sin disponer de tu bien. Estos cambios permitirían que se pudiera hacer antes de llegar a un juicio», dio como ejemplo.

Hay también otras medidas propuestas como el procedimiento «en flagrancia», para que los casos en que sorprenden a una persona con «las manos en la masa», cometiendo un delito, sean resueltos de manera rápida, sin necesidad de un proceso extenso. Y el funcionamiento de salas unipersonales, en las que, en juicios abreviados donde todas las partes están de acuerdo, tres jueces de un mismo tribunal podrían llevar adelante tres juicios al mismo tiempo en vez de uno solo.

La ministra aclaró que estas acciones se aplicarían para delitos menores. «Esto también quita trabajo para que se puedan llevar más profundamente y mucho más rápido las causas por los delitos más graves», destacó.

Ibáñez fue quien mejor resumió qué buscan con todas estas modificaciones del Código Procesal Penal. «La celeridad va a hacer que cambie la percepción que tiene la gente sobre la Justicia, que muchas veces es negativa, por el tiempo que demora en resolver un conflicto. Los tiempos son muy lentos, con lo cual la solución viene tarde y la solución que llega tarde, por más que sea justa, es percibida como injusta por el tiempo que se demoró. Esto va a permitir una conciliación de la sociedad con la Justicia», concluyó.

Fuente: El diario de la republica

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