Habilitan a las farmacias a suministrar medicamentos veterinarios

Mediante el decreto 185/2023 se permite la prescripción de una receta farmacéutica a los fines de utilizar productos de farmacia en el cuidado de animales de compañía.

El Gobierno Nacional publicó el decreto 185/2023 permitiendo a las farmacias aceptar recetas de “todo médico veterinario matriculado y toda médica veterinaria matriculada ante la autoridad jurisdiccional competente”. La medida tiene como objetivo facultar a la dirección técnica de las farmacias a admitir y dispensar recetas extendidas por personal veterinario, cuando resulte necesario utilizar otras herramientas para tratar animales ante la inexistencia de un producto veterinario. Entre ellos se cuentan “un producto de uso veterinario indicado para una especie animal diferente o para tratar otra enfermedad, o una especialidad medicinal de uso humano”.

El decreto es respaldado por las facultades de Ciencias Veterinarias nacionales, las sociedades de Medicina Veterinaria y Argentina de Oncología Veterinaria, y de la Academia Nacional de Agronomía y Veterinaria, entre otras instituciones. 

Previamente el Ministerio de Salud con la Resolución 185/2023  había considerado “de interés sanitario la “actividad que desarrollan las y los profesionales veterinarios y veterinarias en el marco del enfoque integral”. De esta forma se aborda la prevención y el manejo de enfermedades que constituyen amenaza para la salud en la interfaz entre los seres humanos, los animales y el ambiente. 

Los datos que aportan los considerandos del decreto se encuentran las más de 200 noxas llamadas zoonosis transmisibles por animales a las personas, y a su vez el 75% de las enfermedades infecciosas humanas son de origen animal. 

Fuente: palabras del derecho
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