Un joven fue condenado a la pena de tres meses de prisión de ejecución condicional por pintar con aerosol un vagón de tren.
Un hombre fue condenado a la pena de tres meses de prisión de ejecución condicional por pintar grafitis con aerosol en una formación de tren. Así lo confirmó la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad en una causa por el delito de daños agravado por haber sido perpetrado en perjuicio de un bien público. El joven fue sorprendido por personal de seguridad mientras realizaba una pintada en el vagón del tren y en sus manos tenía restos de pintura. Reconoció haber estado en el lugar de los hechos junto a unos amigos que hacían graffitis pero, según esgrimió, su única tarea era “tomar fotografías luego de la pintada”. El Tribunal colegiado integrado por los jueces Zangaro, Baldomar y Bentolila resolvió condenar al joven a la pena de tres meses de prisión de ejecución condicional por resultar coautor material penalmente responsable del delito de daño agravado por haber sido perpetrado en perjuicio de un bien público, y se estableció el cumplimiento de reglas de conducta. La defensa apeló la decisión. Sin embargo, el Tribunal en lo PCyF, integrada por Marcelo Vázquez y Elizabeth Marum, confirmó que el hecho se trató de un delito de daño y descartó todos los argumentos de la defensa, en el marco de los autos «J., C. J. sobre 183 – daños».
Entre sus argumentos, los jueces destacaron la composición de la pintura de los vagones y que la realización de una pintada con aerosol “hace que se adhiera y es necesario repintar la formación”. Añadieron, además, que el hecho de que el recurrente pueda apreciar el graffiti como “expresión artística no excluye el dolo de su conducta”. “Para ello necesitan sacar el coche de circulación, porque no se puede hacer un parche donde estaba el graffiti, ni quitarlo con removedor porque se quita la pintura del vagón también y el realizar dicha tarea puede irrogar un gasto superior a los 20000 pesos”, explicó el fallo. Para los vocales, la “reintegración de la cosa a su estado anterior requiere no solo un esfuerzo significativo sino además una erogación de una suma de dinero alta, sumado a que el tiempo que insume su restauración no se puede utilizar ese vagón”.
Fuente: Diario Judicial