Un fallo de un juez platense dispuso suspender los
operativos hasta tanto se garantice la protección de los
ejemplares
La mutilación del arbolado urbano, propia de las podas
excesivas y descontroladas en la Región, volvió a quedar en primer plano: luego de una denuncia de vecinos autoconvocados que llegó a los
tribunales en el mes de mayo, la Justicia emitió recientemente un fallo en el que le ordenó a la Municipalidad de Berisso a suspender las tareas
de poda y tala del arbolado público en esa ciudad.
El juez en lo Contencioso Administrativo Francisco José
Terrier ordenó a la Municipalidad de Berisso a “la
inmediata suspensión de las tareas de poda y/o tala del
arbolado público en todo el partido de Berisso, tanto en la
zona urbana como periurbana y rural, hasta tanto se
garantice el cumplimiento de los recaudos previstos por la
Ley 12.276 y su decreto reglamentario”.
Julieta Kolac, una de las vecinas denunciantes, afirmó a
este medio que se trata de un conflicto “por poda ilegal”
del arbolado público que comenzó en febrero con
reclamos a través de las redes sociales y prosiguió con
pedido de audiencia a funcionarios y ante el intendente
berissense, y que a raíz de la falta de respuestas al
problema recalaron en la órbita de la Justicia. En ese
sentido, a modo de ejemplo, la vecina recordó lo que
consideró como “podas ilegales llevadas a cabo por
personal no especializado” en distintos puntos del casco
berissense, sobre el canal Génova y en sectores de Villa
Argüello.
Kolac enfatizó que “Berisso es la sexta ciudad más
contaminada de 511 municipios a nivel nacional; entonces
que destrocen el arbolado público y los espacios verdes es
calamitoso”. En la causa, además, solicitaron un plan de
forestación en Berisso: “Hemos solicitado ver el plan del
municipio y no pudimos acceder, porque seguro no lo
tienen”, señaló.
En el marco del conflicto, el juez Terrier interpretó que “la
ley 12276 establece las normas sobre arbolado público de
aplicación en todo el territorio provincial, entendiendo
como tal “…las especies arbóreas y arbustivas instaladas
en lugares del área urbana o rural, municipales y
provinciales, sitas en el ejido del Municipio y que están
destinadas al uso público, sin tener en cuenta quién y
cuándo las hubieren implantado” y estableciendo la
necesidad de que los gobiernos municipales presenten
anualmente de un “Plan de Forestación o Reforestación”
(arts. 1 y 2). Precisa el art. 2 del decreto reglamentario que
las comunas “deberán entender en la conservación,
mantenimiento, ampliación y mejoramiento del Arbolado
Público en sus respectivas jurisdicciones”.
Los vecinos afirmaron que “el texto legal referido
determina, además, que está prohibida la extracción,
poda, tala y daños de ejemplares del arbolado público,
como así también cualquier acción que pudiere infligir
algún daño a los mismos, disponiendo los casos en que se
justificará la solicitud de poda o erradicación de
ejemplares del arbolado público… “ .
Y señalaron que “si bien no se pudo notificar formalmente a la Municipalidad, por la situación de pandemia que estamos sufriendo, damos a conocer la
Resolución dictada por el Juez, ya que continúan en este momento las podas ilegales en el camino del petróleo y otras arterias de la ciudad, para que dejen de destruir el arbolado público, patrimonio de todos los berissenses”.
Desde la comuna berissense, en tanto, no hicieron comentarios al respecto pese a la consulta realizada.
Fuente: El Día
Fuero: Contencioso Administrativo
Tribunal: Juzgado Contencioso Administrativo de Buenos Aires
Voces: podas excesivas, zona urbana, arbolada pública