Falta de precisión en el recibo no descarta que hubo pago.

El tribunal al analizar la prueba sostuvo que, mas allá de la falta de formalidades en el documento, se puede inferir que hace referencia a la deuda reclamada en la causa.

Al sostener que el recibo de pago presentado por la parte demandada contiene precisiones que lo relacionan con el convenio base de la ejecución y que la prueba producida no resulta suficiente para desvirtuar dicha inferencia, la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Contencioso-administrativo de 2ª Nominación de la ciudad de Río Cuarto revocó la sentencia de primera instancia haciendo lugar a la excepción de pago parcial planteada.

Fuente: Comercio y Justicia

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