Fallo judicial: Las escuelas privadas no podrán excluir a estudiantes con discapacidad

La justicia porteña ordenó al Gobierno de la Ciudad implementar políticas públicas para garantizar el derecho a la educación inclusiva e impedir la discriminación de las personas con discapacidad en las escuelas de gestión privada.

Redacción Canal Abierto | “Ah, no hay vacante…”. Esa era la respuesta que escuchaba reiteradamente la mamá de Iñaki, de 9 años, cuando les contaba a los directivos de las escuelas cómo era su hijo y la condición del espectro autista que tenía. “Es muy difícil, cuando uno tiene un hijo con discapacidad, poder incluirlo en las escuelas de educación común. Recorrimos aproximadamente de 30 a 40 instituciones. Íbamos a los colegios, nos atendía el personal administrativo y cuando llegábamos a la directora y se enteraba de la condición de Iñaki, se acababan las vacantes”.

“Entonces, fuimos a la Dirección de Escuelas Privadas y fue muy indignante: me llaman y me dan una lista de colegios, todos eran escuelas especiales”, testimonia esta mujer, una más en la larga lista de padres y madres que peregrinan por la ciudad procurando una vacante para sus hijos e hijas.

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Las personas con discapacidad tienen innumerables barreras –arquitectónicas, sociales, comunicacionales y económicas– para ejercer sus derechos, para vivir dignamente. Una de estas trabas la encuentran al querer ejercer su derecho a la educación y, como los padres de Iñaki, deben recorrer decenas de escuelas esperando que alguna los reciba o, si no tienen suerte, asistir a centros de educación especial.

En 2019, la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), con el asesoramiento de la Clínica Jurídica del Centro de Derechos Humanos (CDH) de la Facultad de Derecho de la UBA, demandó al Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicitando que se adopten las medidas para evitar los rechazos de inscripción por motivos de discapacidad en las escuelas comunes de gestión privada de su jurisdicción.

ACIJ denunció entonces la exclusión que efectuaban las instituciones educativas y la omisión del Gobierno de la Ciudad de controlarlas, sancionarlas y hacer cumplir el derecho a la educación inclusiva.

Este derecho fue reconocido en el artículo 24 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, tratado internacional que Argentina ratificó en el año 2008 y desde 2014 tiene jerarquía constitucional. La norma establece que el Estado debe asegurarle a la niñez y la adolescencia con discapacidad un sistema de educación inclusivo en todos los niveles, prohibiendo expresamente que las personas con esta condición sean excluidas del sistema general de educación.

El Juzgado Nro. 6 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad, a cargo de la jueza Patricia López Vergara, dictó sentencia el pasado 23 de junio y resolvió: “Hacer lugar a la acción de amparo incoada por la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia” y  “declarar la inconstitucionalidad e inconvencionalidad de la conducta omisiva del GCBA”, según detalla el fallo.

La magistrada, en un fallo categórico, señala que: “Da la sensación de que el Estado en el caso a estudio –a través de su inacción– parece querer segmentar, encasillar, aislar, segregar, en definitiva, deshumanizar, los procesos de enseñanza y de aprendizaje de las personas con discapacidad. Así es como el Estado se erige como el principal valladar para que niños, niñas y adolescentes con discapacidad puedan gozar de una educación plena e inclusiva, en definitiva, como su principal barrera”.

Debe entenderse como una afrenta el abdicar del deber de controlar y de sancionar prácticas contrarias a los derechos humanos. También debe entenderse así el librar al azar las vidas de quienes peticionan estudiar sin estigmatizaciones, con verdadera inclusión”, señala la jueza en las conclusiones del escrito judicial.

Previamente, López Vergara había ordenado a la ministra de Educación Soledad Acuña realizar medidas provisorias para poner fin a esta situación y le impuso multas por los reiterados incumplimientos. El presente fallo conmina al Ministerio de Educación de la Ciudad a presentar una propuesta de política pública para garantizar el derecho a la educación inclusiva en el plazo de 30 días.

“Esta decisión judicial marca un antes y un después en el movimiento de lucha en pos de este derecho. Refleja un Poder Judicial que escuchó los reclamos históricos de las personas con discapacidad y sus familias y se hizo eco de ellos”, señalaron desde ACIJ.

Fuero: Contencioso Administrativo
Tribunal: Juzgado N.° 6 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de CABA
Voces: derechos de las personas con discapacidad, instituciones educativas, educación inclusiva

Fuente: canalabierto.com.ar

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