Fallo inédito: la Justicia ordenó que una nena de 3 años tenga un perro para facilitar la revinculación con su madre

La decisión fue dictada por una jueza de la provincia de San Juan. La chica quedó bajo el cuidado de su papá después de la separación. La mujer, que interrumpió su contacto con la pequeña, justificó su ausencia en episodios de violencia de género que no había denunciado

Una jueza propuso que una nena de tres años adopte un perro para mejorar la revinculación con su madre, de la que quedó alejada cuando pasó a cuidarla su padre. Todo se generó en el marco de una causa judicial para establecer un régimen de parentalidad, en medio de conflictos económicos para poder mantener a la niña y las revelaciones de la madre sobre situaciones de violencia que justificaron su ausencia.

El fallo de la jueza Marisa Norma Valdez, titular del juzgado de Familia de Cuarta Nominación en San Juan, dispuso que la nena siga viviendo con su padre por el estrecho vínculo que los une y que el “cuidado personal continúe siendo ejercido en forma compartida con la modalidad indistinta”. Pero recomendó que para facilitar ese encuentro lo más conveniente sería tener una mascota. “Si la menor de edad posee un animal de compañía, sería ideal que su madre participe de la crianza de la mascota durante su plan de parentalidad, porque eso dará mayor seguridad a la pequeña, y generará un impacto positivo en la relación con su madre, con su padre y con la familia extensa de cada uno de estos”, afirmó en el escrito al que accedió Infobae.

Se trata de la historia de J.C. Durante tres años, el señor H.H.T y la joven A.E.C fueron pareja. Se conocieron cuando ella tenía 16. A los 17 se fue a vivir con él y al año siguiente quedó embarazada. La nena, J.C., nació a fines de 2019. Pero las cosas se complicaron en la pareja y se separaron. La pequeña se quedó en la casa de la mama pero hubo reiterados episodios de violencia intrafamiliar que derivaron en que la nena quedara al cuidado de su padre.

Hace poco, H.H.T fue a la Justicia: explicó que trabaja en una herrería y cobra 12 mil pesos por mes; que le era imposible afrontar los gastos solo y que desde que la nena vivía con él, la madre no había entregado el monto correspondiente a la Asignación Universal por Hijo.

En noviembre de 2022, hubo una audiencia en donde la madre de la nena no apareció. Ese día, el padre contó que “desde hace diez meses su hija se encuentra a su cargo, que no percibe el cobro de la asignación universal por hijo de la cual es beneficiaria, y que no cuenta con la documentación personal de la niña esencial a los fines de hacer trámites personales, como es el DNI y carnet de vacunación”. En ese contexto se ordenó a ANSES que la AUH de que la niña es beneficiaria sea percibida por su progenitor y se intimó a la progenitora a fin de que proceda a entregar la documentación de la menor. “Sin embargo, ante la incomparecencia de la señora AEC, nada se resolvió respecto al plan de parentalidad”, se señaló.

Eso fue lo que tuvo quer resolver ahora la jueza, tras la intervención del Equipo Técnico Interdisciplinario de la Oficina Judicial de los Juzgados de Familia. Con esa intervención, la madre de la nena sí se presentó a la entrevista. Y contó que solo vive de la AUH de la hija y de ingresos variables limpiando casas. También justificó su ausencia.

Según contó, cuando la nena tenía un mes de vida, su pareja robó un auto y tenía problemas con el consumo de drogas. Por eso quiso separarse. Ella explicó que él no quiso y la golpeó. Cuando se quiso ir de la casa, dijo, la retuvo durante dos semanas en contra de su voluntad. Solo pudo salir cuando intervino el dueño de la vivienda. La mujer explicó que no había hecho denuncias judiciales pero sí lo reportó ante la policía de San Juan. Dijo que tenía miedo por las amenazas de su ex pareja y su familia. Y subrayó que desde entonces mantiene una “vinculación inestable” con la nena por culpa de la familia paterna de la nena.

El padre de la nena negó “todo tipo de violencia” y aseguró que la base de los conflictos eran problemas económicos. Subrayó que fue la madre la que pidió que la nena viviera con él en su casa y dijo haber observado malos tratos hacia la nena. Afirmó que su ex pareja hacia cuatro meses que no veía a la nena y que quería que se retomara el vínculo, siempre y cuando siga viviendo con él.

“A partir de las entrevistas realizadas y las fuentes de información consultadas, observan las profesionales actuantes que el relato de ambos progenitores en cuanto a los cuidados de J.C. durante el primer año de vida, es inconsciente y contradictorio, sin que sea posible determinar con claridad los hechos, al igual que el rol materno y paterno que ocupó cada uno. Finalmente, perciben a la señora en situación de gran vulnerabilidad frente al padre de su hija, en función de las experiencias relatadas, además de estar atravesada por diversas situaciones problemáticas en su entorno familiar y vivencias personales, sin atención”, señaló el informe.

La jueza subrayó que la “situación de gran vulnerabilidad” de la mujer que reportan los profesionales y el pedido para mantener un régimen de comunicación con su hija. Frente a ello ordenó “diversas medidas a efectos del fortalecimiento” de ese vínculo, con acompañamiento del área de Mujeres, Género y Diversidad local y acompañamiento psicológico.

“Resta decir que el cuidado personal compartido e indistinto no significa estar la mitad del tiempo con cada uno de los padres, implica mucho más. Por un lado este régimen aspira a realizar una equitativa distribución de responsabilidades, las que se atribuirán según las distintas funciones, recursos, posibilidades y características personales de los progenitores; y por el otro, a garantizar mejores condiciones de vida para los hijos, al no colocarlos en una situación de permanente tironeo e inestabilidades que por lo general ocasiona la ruptura de la vida familiar. Para ello, es necesario de parte de aquéllos una comunicación fluida y una posibilidad concreta de consensuar todos los aspectos que hacen al cuidado de sus hijos”, dijo.

En ese plan de mejorar la comunicación, la jueza propuso la adopción de una mascota. “A los fines de la revinculación de la menor con su progenitora, hay un mecanismo de conexión, que considero apropiado y que ayuda a favorecer el lazo entre los progenitores no convivientes y sus hijos, y es el vínculo con los animales domésticos, que propicia el fortalecimiento de dichos lazos. Todo aquel que ha vivido con un canino, a modo de ejemplo, sabe lo fuerte que puede llegar a ser esta conexión. No se trata de una idea, pues existen estudios científicos que así lo respaldan. Entonces, si la nena posee un animal de compañía, de pequeño porte, seria ideal cumplir el plan de parentalidad materno filial en su presencia. Esto daría a la menor mayor seguridad, y sin dudas generaría un impacto positivo en la relación con su madre, con su padre y con la familia extensa de cada uno de éstos”, afirmó.

Por eso, la magistrada hasta propuso que “en la medida” que la menor lo desee, “ambas, madre e hija, podrían recurrir a un hogar de tránsito a los fines de su adopción, generando desde ya un lazo de conexión”. Y añadió: “se hace saber que ambos progenitores serán responsables de inculcar a la niña el adecuado cuidado del animal, ejerciendo una tenencia responsable que -a su vez- provoca múltiples beneficios no sólo para JC sino también para el animal que se encuentra en estado de desprotección, generando de este modo una retroalimentación, como proceso de aprendizaje, fortaleciendo las debilidades, con amor y afecto, de manera mutua”.

Fuero: Familia
Tribunal: Juzgado de Familia de Cuarta Nominación en San Juan
Voces: régimen de parentalidad, cuidado compartido, revinculación

Fuente: infobae

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