FALLO FAVORABLE DE LA CORTE SUPREMA EN PENSIÓN POR VIUDEZ

El pasado 3 de marzo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó un fallo ejemplar que mejora el cálculo para la pensión por viudez, en el caso de una ciudadana que había demandado a la ANSeS para que se determine nuevamente el haber de la pensión directa que percibía como consecuencia del fallecimiento de su esposo.

En su reclamo, solicitó que no se tengan en cuenta los aportes autónomos que su marido había realizado durante sus últimos cinco años de trabajo –ya que eran muy bajos- y que en su reemplazo se computaran las remuneraciones que con anterioridad había obtenido bajo relación de dependencia, cuyos aportes jubilatorios eran mucho más elevados.
La demanda fue rechazada en primera instancia y luego confirmada por la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social. Entonces, la denunciante recurrió ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación con el fin de revertir la sentencia.
En el marco de la naturaleza alimentaria de los derechos que se encuentran en juego (derecho del viudo/a a la pensión por fallecimiento) y el tiempo transcurrido desde que se dio inicio al reclamo judicial, el máximo tribunal resolvió en forma definitiva el reclamo de la demandante.


Si bien la Corte no hizo lugar a la solicitud en cuanto a que sean excluidos del cómputo los aportes autónomos efectuados por su marido, ya que los reconoció como indispensables para acreditar la regularidad de los mismos, ordenó a la ANSeS a que se proceda a redeterminar el haber inicial de pensión y se calcule un nuevo ingreso base de carácter mixto que contemple el promedio de los últimos diez años de aportes efectuados.
Lo importante a destacar del fallo de la Corte es el precedente que deja para situaciones análogas, debido a que ordenó a la ANSeS a que la prestación previsional percibida por la demandante represente en forma proporcional el esfuerzo contributivo realizado en vida por el marido fallecido (treinta y tres años de aportes), teniendo en cuenta también los últimos cinco años de aportes realizados en relación de dependencia.

Fuente: Defensoría del Pueblo

Fuero: Previsional
Tribunal: Corte Suprema de Justicia de la Nación
Voces: pensión por viudez, cálculo, aportes del marido

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