Fallo: Es válida la requisa y detención policial de una persona que corría en la vía publica cuando se puede presumir su vinculación con un delito

Caso en el que se verificaron datos objetivos que habilitaron al funcionario a interceptar al imputado para identificarlo cuando notó que corría a gran velocidad por la vereda, a contrario del tránsito, al tiempo que se quitaba el buzo que llevaba puesto. Primera intervención que corresponde que sea evaluada como una mínima restricción de la libertad ambulatoria. Personal policial que está facultado para interceptar a una persona en la vía pública, por un breve lapso, si se presume que podría estar vinculada con un delito y, eventualmente estar armada, lo que habilitaría, un cacheo para despejar su duda. Exhibición por parte del imputado de un celular respecto del cual no pudo dar cuenta de su titularidad, ordenando el magistrado la detención ante la consulta realizada. Llamada atendida en el celular por el agente respecto de la cual no existió afectación a la intimidad ni a la privacidad porque la detención ya había sido ordenada.

Disidencia: Personal policial que no estaba habilitado a actuar del modo en que lo hizo. Situación descripta por el funcionario policial que no permitía inferir objetiva y razonablemente que el imputado estuviera en alguna situación que hiciera suponer fundadamente que había cometido un hecho ilícito. Estado de sospecha que no puede proceder del instinto del funcionario policial. Obligación de extremar la rigurosidad en el análisis de los casos en donde se invoca la violación de garantías fundamentales, conforme a las normas consagradas en el Bloque Constitucional. Revocación. Nulidad de la detención y posterior requisa y de todo lo obrado en consecuencia.

Carátula

CCC 42112/2022/3/CA1 GASTIAZORO, L. S. Nulidad

Fuente: pensamiento penal

Fuero: Penal
Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional
Voces: requisa personal sin orden judicial, condiciones de detención, vía pública

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