Con demora, la Corte Suprema de Justicia resolvió por unanimidad confirmar la vigencia de una ley de 2017 según la cual la Anses deberá hacerse cargo del pago de las costas de los juicios cuando pierda las demandas. El fallo representa la respuesta positiva a una apelación que planteaba que el organismo debía solventar el pago de los honorarios de los profesionales de la parte demandante.
La judicialidad previsional alcanzó niveles récord una década y media atrás, luego de que, durante el gobierno de Néstor Kirchner, se congelaron los haberes de cientos de miles de jubilados y pensionados y se calcularan de manera deficiente los montos de quienes obtenían el alta de sus beneficios. En este sentido, la Corte señaló que “la Anses contabilizaba algo más de 253.000 juicios en trámite, de los cuales casi 83.000 eran sentencias firmes pendientes de pago”.
Dicho fallo se emitió en el marco de la demanda de Blanca Morales, quien reclamaba el otorgamiento de una pensión. La Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia confirmó el de primera instancia en lo referido al beneficio reclamado, pero revocó la disposición de que la demandante pagara las costas.
Lo resuelto tendrá un fuerte impacto en el costo que significa para el Estado la litigiosidad previsional. Es otro efecto fiscal que deberá asumir, dados los tiempos, el próximo gobierno.
El conflicto se origina en 1995, cuando una ley estableció que cuando la Anses perdiera un juicio no debía pagar por los costos de la contraparte.
Esta falta de costos extras al momento de perder juicios implicó que la Anses no evitara la judicialización de los reclamos y que, iniciados los juicios, los dilatara aún más con la presentación de sucesivos recursos.
El proceso de apelación, que contó con el dictamen del procurador Víctor Abramovich, en 2019, y el fallo de cámara que ordenó que se aplicara lo dispuesto por la ley aprobada en 2017 sobre honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la Justicia nacional, declaró la inconstitucionalidad del artículo del decreto 157 de 2018, que había dispuesto la derogación de lo votado por el Congreso. La sentencia de la Corte que beneficiará a los jubilados lleva la firma de sus cuatro integrantes.
Fuero: Previsional
Tribunal: Corte Suprema de Justicia de la Nación
Voces: pago de costas, otorgamiento de una pensión, litigiosidad previsional
Fuente: lanacion