La Sala Civil y Comercial del Superior Tribunal de Justicia (STJ) falló contra la empresa Telefónica Móviles Argentina SA, propietaria de Movistar, en el juicio que le inició en 2016 la Municipalidad de Concordia en reclamo del pago de la tasa comercial, que acumuló una deuda que asciende a una cifra de entre $55 y $60 millones. En la caso se discutieron las tasas correspondientes a los períodos fiscales de 2012 a 2016.
El fallo del máximo tribunal provincial tiene fecha del 21 de mayo, y fue firmado por los vocales Emilio Castrillón y Juan Smaldone. Ante esa mayoría, el titular del STJ, Martín Carbonell, se abstuvo de votar.
“Las críticas endilgadas por la recurrente no logran conmover la estructura lógica de la sentencia en crisis que se muestra, como una derivación propia del derecho positivo vigente y no denota en absoluto un razonamiento ilógico ni arbitrario, ni un error palmario, ni causa alguna acreditada que habilite su descalificación”, dice la resolución a la que tuvo acceso Entre Ríos Ahora.
El juicio fue iniciado en diciembre de 2016 por el entonces intendente Enrique Cresto, hoy al frente del Ente Nacional de Obras Hidricas de Saneamiento (Enohsa), el organismo nacional de obras de agua y saneamiento del país.
El primer fallo a favor del municipio fue el 17 de abril de 2019, cuando la jueza de Concursos y Quiebras de Concordia, Flavia Pasqualini, condenó a Movistar a pagar lo adeudado con imposición de costas. Tras ello, la empresa emitió un comunciado donde cuestionó el fallo y anunció el cierre de su local en la ciudad.
En un principio, la demanda de la Municipalidad era por $38.561.081,15, más los intereses previstos en el artículo 26 del Código Tributario Municipal, en concepto de Tasa por Inspección de Higiene, Sanitaria y Seguridad. A esa cifra se le debe sumar los honorarios para el plantel de 10 abogados que intervinieron por la comuna.
Tras ese fallo adverso, la firma apeló ante la Sala Segunda Civil y Comercial de la Cámara de Apelaciones de Concordia, integrada los vocales Horacio Mansilla, Estela Méndez Castells, y Gregorio Martínez. El 17 de octubre de 2019, los magistrados dejaron firme la condena de primera instancia.
Ante esa nueva derrota judicial, la empresa interpuso un recurso de inaplicabilidad de ley para que el asunto lo resuelva la Sala Civil y Comercial del STJ. El 29 de noviembre del año pasado los jueces de la Cámara de Apelaciones de Concordia hicieron lugar al recurso y elevaron las actuaciones al STJ.
Fuente: entreriosahora.com