Fallo de la Corte: jueces podrían dirigir audiencias de Cámara Gesell por la web

Eso se evalúa implementar luego de que el máximo tribunal fijara que los magistrados, el fiscal y la defensa deben estar sí o sí.

Dos semanas después, siguen los cimbronazos por el fallo de la Corte de Justicia, que causó el derrumbe por «nulidad absoluta» de muchas causas en el sistema acusatorio por audiencias testimoniales a menores o personas con discapacidad pedidas por Fiscalía, que se hicieron sin el juez y la Defensa. En medio de la resistencia de los defensores a rearmar esas investigaciones con nuevas entrevistas a los niños y adolescentes con la modalidad de Cámara Gesell, porque se consideran «irreproducibles», los magistrados empezaron a cumplir «al pie de la letra» la obligación de estar en esos actos, para dirigirlos y controlar eventuales controversias entre las partes ya que -según el máximo tribunal- esas audiencias se asimilan a las de un juicio oral. Sin embargo el problema subsiste: los magistrados son 11 y en varias ocasiones la vorágine de causas (actúan en investigaciones y en juicios) puede superarlos. Por eso es que ahora se evalúa agilizar un poco los tiempos de los jueces, permitiéndoles que, en algunas circunstancias, puedan controlar el trámite de las audiencias videograbadas, conectados por internet, es decir a distancia, dijeron fuentes judiciales.

Los días convulsionados que se viven por estas horas en el sistema acusatorio fueron la consecuencia directa de una sentencia de los jueces Adriana Verónica García Nieto, Marcelo Lima y Horacio De Sanctis. El martes 2 de mayo pasado, le dieron la razón al defensor oficial, César Oro, y anularon el castigo de 8 años que un tribunal del sistema acusatorio le había impuesto a un hombre por abusar de su expareja y lesionar a golpes a un hijo con discapacidad de la mujer.

Antes de llegar a la Corte, el defensor había reclamado en tres ocasiones la nulidad absoluta de la causa, desde las entrevistas de psicólogos a ese joven con discapacidad y sus tres hermanos menores, porque en las audiencias videograbadas la Defensa no había tenido ocasión de hacer sus preguntas u oponerse a las de Fiscalía, es decir que ni el imputado ni su defensor habían tenido la ocasión de ejercer el derecho de defensa.

Desde que el fallo se conoció, hubo múltiples reuniones entre los operadores jurídicos (jueces, fiscales, defensores) por la interpretación de la resolución. Y ahora se espera «una aclaratoria» del máximo tribunal.

Fuero: Familia
Tribunal: Corte de Justicia de San Juan
Voces: nulidad absoluta, audiencias testimoniales, Cámara Gesell

Fuente: diario de cuyo

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