Fallo a favor de una docente que habían despedido de una escuela privada tras quedar embarazada

El Consejo Directivo Central de UnTER celebró el fallo de la Cámara Laboral de Viedma, a favor de una trabajadora de la educación que demandó -con el patrocinio, acompañamiento y asesoramiento del sindicato- a una escuela privada porque le impuso un contrato a término, que no existe en el régimen laboral docente y por impedir su licencia por maternidad. 

La justicia señaló que no cesaba su labor docente por un contrato a término y que el derecho a la licencia por maternidad debía respetar la Resolución 233/98, conquista laboral que fue fruto de la lucha de UnTER durante años. 

La demanda concluyó “con lo que siempre hemos sostenido desde el sindicato que las escuelas privadas tienen que responder a la normativa educativa. En el fallo se señala que “los agentes de establecimientos educativos no estatales se encuentran vinculados al régimen de licencias docentes» y rige en la materia, el Acta Acuerdo suscrita el 14 de octubre de 1997, entre la provincia de Río Negro, representada por el Sr. Ministro de Gobierno y el Presidente del Consejo Provincial de Educación, y la Unión de Trabajadores de la Educación de Río Negro (Un.T.E.R.), en la cual se acordó en el punto 6° la homologación del acuerdo paritario referido al Régimen de Licencias, plasmado en la Res. 233/98 del CPE, ello mediante Resolución N° 03/98 de la Subsecretaría de Trabajo”.

De este modo y en tal marco regulatorio, el art. 9° de la Resolución 233/98 (y su reglamentación) otorga al personal femenino 180 días corridos de licencia por maternidad con goce íntegro de haberes. En igual sentido, la Ley Provincial N° 4.542 establece el Régimen de Licencia por Maternidad y Adopción obligatorio, unificado y remunerado, para todos los agentes públicos que se desempeñen en el ámbito del sector público provincial”.

“Este fallo es un logro laboral de la compañera y también del sindicato, celebramos entonces, la garantía de derechos”, indicaron desde la UnTER.

Por otro lado señalaron que “el régimen laboral docente, que contempla las licencias, es la garantía que se le ofrece a lxs estudiantes de que el/la docente que tienen enfrente está en condiciones de llevar adelante el proceso de enseñanza aprendizaje, que no lxs va a exponer a ninguna enfermedad, sino que su cuidado involucra a lxs demás. Es lo que pone de manifiesto este momento histórico que estamos atravesando a raíz de la pandemia; de ahí se desprende que la salud de lxs docentes es  relevante para la comunidad educativa.

Celebramos este fallo de la justicia y reivindicamos el trabajo de lxs secretarixs generales de las 18 seccionales de la provincia, que con el asesoramiento de nuestrxs abogadxs acompañan a cada compañerx que lo necesita. UnTER, siempre en defensa de los derechos de lxs trabajadorxs de la educación”.

Fuente: noticiasrionegro.com.ar

Actualidad Juridica Online - Pruébelo sin cargo!