A través de la Resolución 463/2021 publicada hoy en el Boletín Oficial, el gobierno prolonga las licencias a los empleados del sector público con niños, niñas y adolescentes de menos de 14 años que deban realizar escolaridad virtual. La medida abarca las zonas que se encuentren en emergencia epidemiológica, en el marco de las restricciones vigentes ante la segunda ola de la pandemia de covid-19.
“Las Jurisdicciones, Entidades y Organismos de la Administración Pública Nacional, podrán otorgar licencia desde el 1° de mayo de 2021 hasta el 21 de mayo de 2021 a las trabajadoras y los trabajadores que presten servicios en dicho Sector y se encuentren a cargo de niños, niñas o adolescentes de menos de CATORCE (14) años de edad, que deban realizar escolaridad virtual y se encuentren inscriptos en establecimientos educativos de todos los aglomerados urbanos, departamentos o partidos que se encuentren en situación de Alarma Epidemiológica y Sanitaria”, indica el texto.
En el caso de que ambos progenitores convivientes presten servicio en el sector público nacional, se le otorgará licencia a uno de ellos o una de ellas. En tanto, para asistir a niños, niñas y adolescentes con Certificado único de Discapacidad (CUD), no regirá el límite de edad.
La decisión administrativa, invita a adoptar medidas similares al “Poder Judicial, al Poder Legislativo, a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y a los municipios que se encuentren en situación de Alarma Epidemiológica y Sanitaria”.
Fuente: Palabras de Derecho