El titular del Juzgado de 36° Nominación en lo Civil y Comercial de la ciudad de Córdoba, Román Abellaneda, implementó estrategias de lenguaje claro en la redacción de una sentencia dictada en el marco de un proceso oral. El fallo ordena a una persona pagarle 99.800 pesos a la propietaria de un automóvil Chevrolet Corsa por los daños y perjuicios ocasionados en un accidente de tránsito y hace extensiva la condena a su aseguradora.
En la sentencia, el magistrado enfatizó que la incorporación de la oralidad a la tramitación de las causas civiles constituye un “cambio de paradigma en la justicia civil” y aseguró que fomenta la obligación de brindar una tutela judicial efectiva. También expresó que, en la redacción del fallo emitido luego del transitar el proceso oral, utilizó un lenguaje “que pueda ser entendido por las partes y no solo por sus abogados”.
En efecto, la sentencia evita, en lo posible, los latinismos, las abreviaturas y el uso de voz pasiva como así también prescinde de citas dogmáticas y reemplaza las palabras arcaicas o técnicas. Asimismo, incorpora subtítulos que muestran, en forma rápida, la información principal y los diferentes puntos temáticos adoptados.
El juez Abellaneda afirmó que, además del derecho a recibir información, los ciudadanos tienen “derecho a comprender”. Y, precisamente por ello, se comprometió, en la medida de lo posible, a usar conceptos simples, claros y fáciles de comprender.
En fallo, aclara que, por disposición legal, toda resolución judicial debe respetar cierto rigor técnico y recuerda que en el mundo del derecho existen numerosos conceptos abstractos; pero también insiste que no por ello los jueces están liberados del deber de favorecer y facilitar su comprensión.
Finalmente, el juez Abellaneda puso de manifiesto que hay partes de la sentencia -puramente jurídicas- que, pese a los esfuerzos realizados, pueden generar alguna dificultad en la interpretación de las personas sin formación jurídica, por lo que consideró necesario que los abogados de las partes también se comprometan y colaboren para “completar el entendimiento” de tales cuestiones.
Fuente: Poder Judicial de Córdoba