Había llovido pero ese día entrenaron igual. Con 19 años y el sueño cercano de ser un futbolista profesional, el joven de Roca pasaba varias horas al día en el club, siguiendo las indicaciones del entrenador. Era la hora de la siesta, en el invierno de 2022, cuando el barro bajo los botines lo hizo resbalar. Cayó con todo el peso de su cuerpo sobre el brazo izquierdo. La quebradura se la corrigieron en el hospital, primero con yeso y luego con una operación. Su papá pagó la prótesis para que pudieran operarlo de urgencia, pero nunca pudo recuperar ese dinero por parte del Club.
En la demanda, el joven dijo que le prometieron que “iban a devolverle todo lo abonado por su padre, pero luego recibió distintas excusas” y nunca recibió el reintegro.
El Club no se presentó a la mediación ni respondió a la demanda en el juicio civil. Tampoco convocó a su aseguradora a participar del proceso. La jueza declaró a la institución “en rebeldía” y aplicó la presunción legal que ordena el Código Procesal Civil y Comercial: “Ante la rebeldía declarada y firme del Club demandado, corresponde tener por reconocidas las circunstancias de tiempo, hora, lugar, contexto y modo en que ocurrió el accidente”, explicó.
Según detalló el jugador en su demanda, ingresó al plantel cuando era un adolescente. “Jugó para el Club -siempre en fútbol- y comenzó en forma profesional a fines del 2017; participaba con el Club en la Liga provincial y siempre le manifestaron que estaba fichado para la institución”, sostuvo. Contó que jugaba en el puesto central y que “entrenaba junto a sus compañeros de equipo todo el año para los torneos”.
El día del accidente lo asistieron el entrenador y un ayudante. Fue llevado al hospital, donde lo enyesaron y le dieron el turno para la operación. Tras la colocación de la prótesis el joven siguió el tratamiento de fisio-kinesioterapia y de rehabilitación, hasta que le dieron el alta. De todas maneras, nunca recuperó del todo la movilidad de la muñeca y el informe médico acreditó una incapacidad parcial e irreversible del 11 %, además de una cicatriz de 6 centímetros de largo en el antebrazo.
El jugador alegó que hizo varios reclamos en forma verbal al Club para recuperar el valor de la prótesis más la indemnización correspondiente, pero “no obtuvo respuesta satisfactoria”.
“No fue controvertido que el accidente y los daños ocurrieron en oportunidad de encontrarse entrenando en las instalaciones del Club -predio de Barrio Tiro Federal-, resbaló y cayó con todo su cuerpo sobre el brazo izquierdo debido al barro que había en la cancha”, concluyó la jueza. La sentencia -que no está firme- declaró la responsabilidad civil del Club “dado su poder de dirección o supervisión de la actividad” deportiva.
El monto de la indemnización por la lesión física se definió en función del salario mínimo vital y móvil actual, proyectado por los años de trabajo futuro del futbolista y los intereses legales, utilizando como pauta la calculadora de indemnizaciones por incapacidad disponible en la página web del Poder Judicial. A ese monto se sumó el resarcimiento por daño moral, que contempló la edad del afectado, la entidad de las lesiones, “las molestias, dolores y padecimientos” derivados de la operación, “la ausencia de respuesta por parte del Club” y el el “impacto” del accidente en distintas esferas de su vida. Entre ambos rubros la indemnización superó los 22 millones de pesos.
Fuero: Civil y Comercial,
Tribunal: Civil y Comercial Río Negro,
Voces: accidente, daños, incapacidad, entrenamiento, indemnización, club, cancha, resbalo, operación, responsabilidad, quebradura,
Fuente: justicia río negro