La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, con el voto de los jueces Mariano Borinsky y Javier Carbajo, declararon inadmisible el recurso extraordinario presentado por la defensa de Cristina Fernández de Kirchner y otros querellantes, que pretendía recurrir a la Corte Suprema para definir la competencia de la causa por espionaje ilegal.
El 12 de febrero pasado, esa misma sala había dispuesto que las dos causas donde se investigan las supuestas maniobras de espionaje ilegal realizadas por la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) -y su conexión con actores del Servicio Penitenciario Federal-, pase a ser juzgada por la Justicia Criminal y Correccional Federal de la Ciudad de Buenos Aires.
Según Casación, cómo la investigación indica que las tareas de espionaje ilegal habrían partido de las cúpulas del Gobierno Nacional, de la Agencia Federal de Inteligencia y del Servicio Penitenciario Federal -cuyas sedes se encuentran en la Ciudad de Buenos Aires- quienes resultaban competentes para decidir sobre el caso eran los jueces de la Capital Federal.
Anteriormente, estas causas se habían iniciado en los Juzgados Federales de Lomas y se encontraban a cargo del juez subrogante, Juan Pablo Augé, quien había dispuesto el procesamiento de 39 de imputados. Entre ellos, de los ex titulares de la AFI Gustavo Arribas y Silvia Majdalani.
Entre sus argumentos, los jueces de Casación Mariano Borinsky y Javier Carbajo señalaron que el planteo de la querella no reviste cuestión federal, sino que solo exhibe una mera disconformidad con la decisión tomada, sin que ello implique un caso de arbitrariedad que amerite la intervención de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Asimismo, resaltaron que si bien se han admitido recursos extraordinarios contra decisiones que no son sentencias definitivas, la decisión a favor de declarar la competencia de Comodoro Py en la causa no imposibilita la continuidad de la investigación ni implica un gravamen irreparable.
Vale destacar que, además de la vicepresidenta, la querella se encuentra conformada por la Unidad de Información Financiera (UIF), Leonardo Grosso y Emilio Pérsico, los ex ministros Ricardo Jaime y Julio De Vido, y el ex funcionario Roberto Baratta, entre otros.
En disidencia con la decisión de mayoría, la jueza Ángela Ledesma consideró que el recurso extraordinario era procedente, ya que la resolución que se pretende impugnar proviene del tribunal superior de la causa y que se demostró que esa decisión puede implicar una posible afectación del derecho de defensa en juicio y a la garantía de juez natural.
Confirmación del procesamiento de Gustavo Arribas y Silvia Majdalani
En otra resolución tomada el mismo día, la Sala IV de Casación confirmó la decisión del juez Juan Pablo Augé –también confirmada por la Cámara Federal de La Plata-, en cuanto dispuso el procesamiento, el embargo por $2.000.000 y la prohibición de salida del país de los ex titulares de la AFI, Gustavo Arribas y Silvia Majdalani.
Con una conformación del voto igual que en la anterior causa, Borinsky y Carbajo concluyeron que las impugnaciones presentadas por Arribas y Majdalani no se dirigen contra una sentencia definitiva y que tampoco se demuestra cabalmente cómo los afectaron las medidas cautelares dispuestas.
Del mismo modo, afirmaron que la decisión confirmatoria de la Cámara Federal de La Plata implica el cumplimiento de la garantía del doble conforme exigido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Sin embargo, dejaron la puerta abierta para que en un futuro puedan impugnar nuevamente esas decisiones si prueban el perjuicio que les ocasionan.
Por su parte, la jueza Ángela Ledesma disintió con esa postura y consideró que los recursos de Arribas y Majdalani eran procedentes, ya que se encontraba debidamente fundada la impugnación de las medidas cautelares que pesan contra ellos.
Fuente: Palabras de Derecho
Fuero: Penal
Tribunal: Cámara Federal de Casación Penal, Sala IV
Voces: espionaje ilegal, competencia, recurso extraordinario