Energía eléctrica: qué dice el primer fallo de la Justicia en contra de Milei por cortes de luz

La falta de regulación y el mal desempeño de la prestadora de servicios le provocó el primer revés judicial al Presidente. Los detalles de la decisión

La nueva política en materia de energía eléctrica que el Gobierno de Javier Milei comenzó a aplicar desde su desembarco en la Casa Rosada se topó con un primer revés judicial serio que puso sobre el tapete la laxitud de los controles regulatorios y el cuestionado desempeño de la empresa de Edesur como prestadora del servicio eléctrico en la región del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).

Ante una demanda impulsada por la Municipalidad de Lanús, el juez en lo Contencioso y Administrativo N°1 de ese partido bonaerense, Maximiliano Ceballos, emplazó a Edesur para que en 24 horas proceda a restablecer el servicio eléctrico «por sí o a través de terceros, ya sea por medio de unidades móviles de generación o por las líneas regulares de provisión».

Cortes de luz: primer revés judicial en contra de Milei

Además, la medida cautelar dictada por el magistrado apuntó con la falta de controles y sanciones de del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) -que comanda el interventor libertario Darío Arrué- y le impuso a Edesur 10 días de plazo para que acuerde y ponga en marcha un «Plan de Normalización del Servicio», destinado a garantizar el abastecimiento eléctrico al municipio y a los usuarios de Lanús.

Tras los reiterados y prolongados cortes de luz que se registraron entre los días 12 y 20 de marzo y que no fueron debidamente atendidos por Edesur, el intendente de Lanús, Alejandro Julián Álvarez acudió a los tribunales para que la empresa controlada por el grupo italiano ENEL «restablezca el servicio en el ámbito del municipio en condiciones regulares, homogéneas y uniformes».

En demanda, Álvarez destacó que desde el 12 de marzo «comenzaron a producirse reiterados cortes de energía eléctrica en varios puntos del partido de Lanús, los cuales generaron consecuencias negativas para la ejecución de prestaciones estatales, tales como la imposibilidad de llevar adelante las comunicaciones, dificultades de acceso a los servicios de salud y asistencia a comedores sociales y escuelas y serias complicaciones relacionadas con la seguridad que incrementaron las vulnerabilidades de la población».

Según la denuncia de las autoridades municipales, «los cortes de suministro dejaron sin servicio a las luminarias públicas, semáforos, unidades de atención primaria de salud, generando problemas de los más variados, como la afectación de los servicios de agua potable, salubridad y seguridad».

Desde el gobierno local calificaron la situación como de «extrema urgencia y gravedad» y advirtieron que «la provisión del servicio de modo esporádico por parte de Edesur originó sobrecargas en la tensión y mayores consecuencias dañosas, dejando esquinas sin luz, lo que sumado a la inundación, habría impedido la ejecución normal del sistema de semáforos, obligando a movilizar a los agentes de tránsito y desplegar formas de actuación anómalas y bajo condiciones extremadamente riesgosas».

Intendente de Lanús denunció a Edesur por cortes de energía eléctrica

Tras analizar los  elementos aportados por el municipio y confirmar la cantidad y duración de los cortes, el juez Ceballos pudo comprobar que «la prestación del servicio de salud se encontró comprometida por la falta de energía eléctrica» y que en el terreno de la «Seguridad Ciudadana» las autoridades locales tuvieron que afrontar la interrupción total del Centro de Monitoreo por la interrupción del servicio que afectó el normal funcionamiento de 800 cámaras de vigilancia, junto con la comunicación y despacho de los dispositivos de emergencia

El magistrado consideró que «la falta de alumbrado público no sólo implica el incumplimiento del Municipio en la prestación de ese servicio nocturno, sino que la carencia del mismo trae aparejada la falta de atención en la Seguridad Ciudadana y que, sumado a la falta de señalización de semáforos, las guardias de personas que dirijan el tránsito se encuentran completamente expuestas a accidentes indeseados».

«No puedo dejar de considerar los fenómenos climáticos que afectaron severamente al Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA)», dijo el juez, y remarcó que «lo cierto es que no se trata de la primera vez que ocurre en la historia del distrito y si bien no se pueden evitar, corresponde tener previstos planes de emergencia y contingencia para situaciones como las acontecidas en los días 12, 13, 14 y 20 de marzo».

Al hace lugar de «manera excepcional» a la medida cautelar solicitada por el municipio, el magistrado concluyó que «Edesur no estaría cumpliendo con sus obligaciones contractuales de garantizar la provisión regular y continua de energía eléctrica».

Para remediar esa situación y los daños provocados a los usuarios de Lanús, dispuso que el normal restablecimiento del servicio se llevará adelante de la siguiente manera:

Las autoridades locales y los responsables de Edesur deberán reunirse en un plazo máximo de 24 horas a fines de trazar un «Plan de Normalización de la Energía Eléctrica» a favor de la Municipalidad de Lanús como gran usuario, en todas las áreas afectadas y con un abastecimiento que garantice la prestación de los servicios públicos municipales interrumpidos.

La negociación de la planificación deberá cumplirse en el plazo máximo de cinco días hábiles.

La planificación que se acuerde debe ser ejecutada en el plazo máximo de diez días hábiles, bajo apercibimiento de aplicar astreintes por cada día de demora y a la parte que no preste colaboración en el cumplimiento de todas estas medidas.

Los resultados del «Plan de Normalización» deberán ser presentados por ante el Juzgado competente en un plazo máximo de cinco días hábiles.

Fuero: Público,
Tribunal: Juzgado en lo Contencioso y Administrativo N°1 de Lanús,
Voces: cortes de luz, revés judicial, enter regulador, restablecimiento del servicio,

Fuente: iprofesional

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