Tenía seis años; pero no tenía ni filiación ni partida de nacimiento. Su inscripción se logró en un mes, gracias a la labor conjunta de los órganos judiciales, administrativos y la comunidad.
La jueza María Belén Mignón ordenó al Registro Civil y de Capacidad de las Personas de la Provincia de Córdoba que inscriba a una niña nacida en la provincia Santa Fe, en 2017, que carecía de toda documentación. Asimismo, la titular del Juzgado de Familia de 1° Nominación de la ciudad de Córdoba dispuso que el organismo le expida, en forma urgente, un DNI junto a la partida de nacimiento.
La sentencia señala que el nacimiento de la niña se produjo en condiciones de extrema precariedad. En efecto, tanto el padre (de nacionalidad boliviana) como la madre trabajaban en un establecimiento rural, donde recibían maltratos y eran explotados laboralmente. Tras un parto en condiciones dramáticas, fuera de un hospital o centro médico, la madre abandonó a la niña, que quedó a cuidado del padre.
En este contexto, el progenitor logró ubicar a la madre en Bolivia. Fue a buscarla con su hija, pero ella los rechazó. Posteriormente, quedaron imposibilitados de regresar a su anterior residencia causa de la pandemia. Tras el rechazo a los múltiples pedidos de acceso a la Justicia en aquel país, el hombre emprendió el regreso a Argentina para poder regularizar la situación de la niña.
La resolución destaca que el progenitor buscó respuesta por años en ambos países y que recién logró contención en la provincia de Córdoba, donde pudo establecerse con su hija en un cortadero de ladrillo. Allí, procuró criarla y proveerle alimentación, vivienda y escolaridad, dentro de sus escasas posibilidades económicas.
Gracias a la intervención de la Defensoría de la Niñez de Córdoba y la Asesoría Móvil del Poder Judicial, el padre pudo realizarse un ADN y solicitar rápidamente la inscripción de la niña y el emplazamiento de filiación paterna.
La jueza Mignón reconoció expresamente en su resolución la labor de las instituciones mencionadas como así también de otros organismos que colaboraron en el caso. También destacó la solidaridad de la comunidad local de Villa Angelelli.
En este sentido, la magistrada indicó: “He visto en la audiencia, el dolor de un hombre y una niña quienes a modo de ‘sobrevivientes’ transitaron todo tipo de desventuras y carencias siendo víctimas de la más absoluta crueldad y desamparo”.
El fallo apunta que la falta de inscripción de la niña “no se debió a una desidia o negligencia en el obrar paterno, sino a la crueldad y dramatismo en el que se hallaron estas personas conforme el extenso relato que acompaña el pedido de inscripción”.
Por todo ello, la jueza Mignón ordenó la inscripción “urgente” de la niña con filiación paterna, el otorgamiento de la partida de nacimiento y DNI. El tribunal también dejó abierta la posibilidad de reclamar la filiación materna en el futuro. La resolución subraya la importancia de garantizar el derecho a la identidad de la niña y ordenó al progenitor a que transmita la historia vital a su hija, en lo relacionado a su maternidad, ya que involucra su derecho a la verdad.
El Juzgado de Familia de 1° Nominación informó que el proceso de inscripción -desde la presentación efectuada por el padre, con el patrocinio de la asesora letrada Myriam Rebuffo, hasta la entrega del DNI- duró apenas un mes. De esta forma, se pudo garantizar a sus derechos como la identidad, ciudadanía, educación, salud, entre muchos otros.
Autos: “A., G. – Medida autosatisfactiva – Ley 10.305”.
Resolución: 22 de diciembre de 2023.
Fecha: Auto n.° 1059.
Fuero: Familia
Tribunal: Juzgado de Familia de 1° Nominación de la ciudad de Córdoba
Voces: inscripción de niña migrante, DNI, filiación paterna