Empresas de TV por cable objetaban tener que pagar Ingresos Brutos.

El Tribunal Superior de Justicia cordobés en pleno desestimó el planteo efectuado por Córdoba Cable SA, Fibra Imagen Río Cuarto SA, Grupo Posadas y Surcor TV SA para eximirse del tributo provincial.

Al advertir que la Acción Declarativa de Inconstitucionalidad (ADI) se realizó sobre una normativa que ya había concretizado y particularizado sus efectos en la relación jurídica existente entre los actores y el Estado, el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) rechazó por formalmente inadmisible la medida que procura el control preventivo de constitucionalidad intentada por las empresas Córdoba Cable SA, Fibra Imagen Río Cuarto SA, el Grupo Posadas SA y Surcor TV SA

Fuente: Comercio y Justicia

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