Empleado con licencia médica participó de una manifestación sindical

La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Mendoza admitió la procedencia de la acción de exclusión de tutela sindical, pues fue acreditado que, encontrándose el actor con licencia por razones médicas, participó en una manifestación.

Los magistrados consideraron que cabe confirmar la sentencia que hizo lugar a la acción de exclusión de tutela sindical, pues la conducta asumida por el actor al iniciar el sumario administrativo y suspender la notificación de la sanción allí dispuesta hasta tanto se iniciara acción de exclusión de tutela sindical no resulta contraria a los derechos sindicales del trabajador ni obstaculizaba su actividad sindical, sino que se trataba del mero ejercicio del poder disciplinario ante el incumplimiento del trabajador a los arts. 9 del dec. 727/93 reglamentario de la Ley 5811 , art. 58 in fine de la Ley 7897 y art. 13 inc. b) del dec.- Ley 560/73.

El médico tratante del trabajador le recomendó, reiteradamente, reposo por presentar desgarro gemelar “recidivante” y, se acreditó que el agente desconoció esa prescripción médica y participó en la manifestación convocada por la entidad gremial a la que pertenece.

La actora demostró la existencia del hecho que motivó la acción entablada y que el mismo presenta entidad suficiente para justificar la exclusión pretendida a los fines de justificar la sanción dado que, el trabajador violó los arts. 9 del decreto 727/93 reglamentario de la ley 5811, art. 58 in fine de la ley 7897 y art. 13 inc. b) del Decreto- ley 560/73.

Por último, no se advierte actitud antisindical por parte de la empleadora sino que se trata del ejercicio de su poder disciplinario.

Fuente: MicroJuris

Actualidad Juridica Online - Pruébelo sin cargo!