Vencido este plazo, la magistrada autorizó a las autoridades del Hospital Eva Perón, de Santa Rosa de Calamuchita, a proceder a la vacunación compulsiva del niño.
El Juzgado Civil, Comercial, Conciliación y Familia de 2° Nominación de Río Tercero emplazó a los progenitores del niño R. I. D. M. para que apliquen a su hijo recién nacido las vacunas contra la hepatitis B y BCG.
La resolución, firmada por la jueza Silvana Asnal, estableció que, en un plazo de dos días, deberán acreditar el cumplimiento de dicha obligación ante el Hospital Eva Perón, de Santa Rosa de Calamuchita.
Vencido este plazo, la magistrada autorizó a las autoridades del centro de salud a proceder a la “vacunación compulsiva del niño”. Asimismo, dispuso la intervención de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (UDER de Embalse de Calamuchita) para el traslado del niño al hospital, en compañía de su progenitora, “con la colaboración y auxilio de la fuerza pública” en caso de ser necesario.
El juzgado también emplazó a los progenitores del niño a que cumplan con el calendario de vacunación obligatorio, “bajo apercibimiento de ley”.
Esta “medida autosatisfactiva” había sido solicitada por el asesor letrado Alfredo Javier Brouwer de Koning, luego de enterarse por la UDER de Embalse de Calamuchita que la madre del bebé recién nacido se había negado a vacunarlo.
Fuero: Civil
Tribunal: Juzgado Civil, Comercial, Conciliación y Familia de 2° Nominación de Río Tercero
Voces: vacunación compulsiva de niño, vacunas contra la hepatitis B y BCG, auxilio de la fuerza pública
Fuente: justicia córdoba