El Tribunal Constitucional de Perú ordenó la libertad del ex presidente Alberto Fujimori

El órgano supremo validó el indulto concedido al ex mandatario durante la presidencia de Pedro Pablo Kuczynski por los crímenes cometidos en los casos “Barrios Altos” y “La Cantuta”.

El Tribunal Constitucional de Perú ordenó la inmediata libertad del ex presidente peruanoAlberto Fujimori, luego de que se impugnara judicialmente la validez del indulto concedido en el año 2017. Fujimori había sido condenado en 2009 por los crímenes cometidos por los servicios de inteligencia del Estado en los casos “Barrios Altos” y “La Cantuta”.

Luego de ser extraditado de Chile en el año 2007, el ex mandatario fue condenado en el año 2009 por la Sala Penal Especial de la Corte Suprema a 25 años de prisión por ser autor mediato de dos masacres cometidas durante su gobierno, que motivaron la responsabilidad internacional del Estado peruano en sendas sentencias ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

El primero de esos casos, conocido como “Barrios Altos” –nombre del barrio de la ciudad de Lima donde ocurrieron los hechos-, se dio el 3 de noviembre de 1991, cuando agentes de inteligencia del Servicio de Inteligencia del Ejército –conocidos como Grupo Colina- asesinaron a 15 personas, entre ellas a Javier Ríos Rojas, un niño de 8 años y a su padre Manuel Isaías Ríos Pérez. La irrupción de los agentes se produjo mientras las personas se encontraban realizando una “pollada”, y se presumía que éstas tenían vínculos con actividades terroristas, por lo que les ordenaron tirarse al piso y luego les dispararon indiscriminadamente.

El caso “La Cantuta” ocurrió el 18 de julio de 1992, en la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán La Valle, más conocida como La Cantuta, donde nueve estudiantes y un profesor fueron detenidos de sus residencias y fueron desaparecidos. Solo los restos de dos de ellos fueron hallados en fosas clandestinas tiempo después.

No obstante la condena dispuesta, la noche del 24 de diciembre de 2017 el entonces presidente Pedro Pablo Kuczynski, a través de la Resolución Suprema 281-2017-JUS, concedió el indulto y derecho de gracia por razones humanitarias a Fujimori, por encontrarse transitando un problema de salud.

Sin embargo, ese indulto fue declarado carente de efectos jurídicos por el Juez Supremo del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Suprema y ordenó que se continúe con la ejecución de sentencia. Dicha resolución fue confirmada por la Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia, por lo que el 23 de enero de 2019, el ex presidente Fujimori reingresó a prisión.

En el año 20222, el Tribunal Constitucional ya había admitido una acción de hábeas corpus a favor de Fujimori, y había ordenado su inmediata liberación que no fue cumplida por el Juzgado de primera instancia. Ahora, luego de la presentación de un hábeas corpus, el Tribunal Constitucional reiteró la orden de liberación de Fujimori y “llamó severamente la atención” del magistrado que no ejecutó la orden de liberación del ex mandatario.

Vale recordar que la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el marco de la supervisión de sentencia de los referidos casos, había requerido entre marzo y abril de 2022 al Estado Peruano que se abstenga de ejecutar la orden del Tribunal Constitucional que ordenó la libertad de Alberto Fujimori.

Para el tribunal interamericano, el indulto concedido a Fujimori por delitos constitutivos de graves violaciones y delitos de lesa humanidad, no solo no valoró si existía alguna forma de continuar cumpliendo su condena en prisión garantizando que no se afecte su Estado de salud, sino que no tuvo en cuenta que se trataba de alguien condenado por graves delitos, que no había pagado la indemnización civil a las víctimas, entre otros motivos.

A partir de esta nueva decisión de Tribunal Constitucional, el presidente de la Corte Interamericana, Ricardo Pérez Manriquerequirió que al Estado peruano que se abstenga de ejecutar la liberación de Fujimori hasta tanto la Corte Interamericana cuente con todos los elementos necesarios para analizar si dicha decisión cumple con las condiciones referidas en el párrafo anterior, con el objetivo de garantizar el derecho de acceso a la justicia de las víctimas de los casos Barrios Altos y La Cantuta.

Fuente: palabras del derecho
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