La primera vez que la justicia hizo este tipo de fallo. La cuota alimentaria se fundamenta en la solidaridad familiar por vínculos de parentesco.
Un fallo en primera instancia se llevó a cabo en Salta. Lo relevante del mismo es que la justicia dispuso que un hombre debe hacerse cargo de la cuota alimentaria de los hijos de su hermano. El padre de los menores no paga desde enero del 2018. Es por esto que la jueza de primera instancia de Personas y Familia 3, Claudia Güemes, ordenó que la responsabilidad pase al tío.
El fallo de la justicia
La jueza determinó que “la obligación alimentaria entre parientes tiene su fundamentos en la solidaridad familiar que debe existir entre quienes se encuentran relacionados por vínculos de parentesco. La obligación alimentaria entre parientes tiene su fundamentos en la solidaridad familiar que debe existir entre quienes se encuentran relacionados por vínculos de parentesco”, explicó.
Sin embargo, la magistrada aclaró que se trata de una situación excepcional y que es una medida provisoria hasta tanto se dicte sentencia definitiva. “Cada caso tiene su situación particular y no es que todos los tíos deberán afrontar el pago que no realiza el padre”. Además, lo chicos en cuestión no cuentan con abuelos maternos, ni paternos, ni hermanos grandes. También su madre presenta dificultades de salud.
De esta manera, Güemes explicó que fue el tío quien se presentó a la audiencia a decir que podía colaborar. También afirmó que hay otros parientes en mejor situación que él para colaborar con la cuota alimentaria.
A partir de esto, el tío solo se hará cargo de la cuota alimentaria a partir de ahora pero no deberá hacerse cardo de la acumulada por su hermano. De esta manera, el tío paterno tendrá que pagar a favor de sus dos sobrinos el 15 por ciento de las remuneraciones que percibe como empleado en relación de dependencia.
De esa manera, el tío paterno tendrá que abonar a favor de sus dos sobrinos el 15 por ciento de las remuneraciones que percibe como empleado en relación de dependencia.
Fuente: Mia Fm
Fuero: Familia
Tribunal: Juzgado de Primera Instancia de Personas y Familia N° 3 de Salta
Voces: alimentos, obligación, tío paterno