Una asesora de menores de Mendoza retomó su puesto de trabajo luego de haber estado casi tres años ausente debido a una licencia por fatiga e insomnio. La magistrada enfrenta un Jury por no haber justificado la totalidad de los días de tratamiento psiquiátrico.
María Fernanda Sarcinella, asesora de Menores e Incapaces de Las Heras (Mendoza), decidió reincorporarse a su puesto de trabajo, luego de casi tres años de una licencia por enfermedad psiquiátrica, acusando “fatiga e insomnio”.
La asesora comenzó su licencia médica el 15 de diciembre del 2017. Gracias a la ley que regula el régimen de licencia para los empleados públicos (5.811) y una acordada de la Suprema Corte, pudo cobrar sus salarios durante dos años.
En diciembre del 2019 el Ministerio Público de la Defensa le suspendió el pago del sueldo aunque le reservó su cargo por un año más. Cuando estaba por vencer ese plazo, Sarcinella obtuvo el alta médica y regresó a su puesto de trabajo.
La magistrada, que cobraba de $180.000 a $200.000 mensuales al momento de solicitar la licencia, retornó a su puesto de trabajo luego de los dictámenes de la Junta Médica y el médico psiquiatra
Según informan los medios locales, hubo un total de 64 días que no estuvieron justificados con la dolencia que la aquejaba, por lo que el Ministerio Público de la Defensa le suspendió el pago del sueldo, algo que se realizó con normalidad hasta diciembre, e impulsó un Jury con el argumento de que el resto de los empleados y funcionarios de esa estructura judicial resultaron largamente recargados y perjudicados por la ausencia de la asesora.
La magistrada, que cobraba de $180.000 a $200.000 mensuales al momento de solicitar la licencia, cuestionó la decisión y recurrió ante el fuero civil, donde la titular del Juzgado de Gestión Asociada Cuarto rechazó la medida cautelar tendiente a que se abonen los salarios caídos y los que se vayan devengando mientras se sustancia la causa, por ser «objeto del reclamo principal conjuntamente con la restitución a su cargo de Magistrada, dándose, de esta manera, una superposición entre parte del objeto de la acción impetrada y el amparo».
En el medio del conflicto, la asesora retornó a su puesto de trabajo luego de los dictámenes de la Junta Médica y el médico psiquiatra, pero principalmente porque vencía el plazo estipulado por ley para reservar el cargo en caso de enfermedad.
Cabe recordar que el hecho de haber regresado a su puesto laboral no invalida el desarrollo del Jury, que deberá continuar antes de fin de año y que podría terminar con su destitución.
Fuente: Diario Judicial.