El STJ dispuso la caducidad de la etapa preparatoria por incumplimiento de los plazos procesales

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) reforzó en un nuevo fallo el instituto de la caducidad de la instancia en la etapa de la investigación penal preparatoria. Consideró en un caso de Viedma que hubo una prolongación indebida del procedimiento recursivo. Esa actividad impactó directamente en el derecho del acusado a ser juzgado en un plazo razonable, sin dilaciones. En consecuencia dictó el sobreseimiento.

Surge del fallo del STJ que el defensor del imputado solicitó el sobreseimiento por caducidad de la instancia el 19 de julio de 2022. La caducidad de la instancia es un instituto que tiene como consecuencia la extinción del proceso por el vencimiento de los plazos legales.

Un juez de garantías de Viedma le otorgó la razón al defensor, puesto que la fiscalía ya había recibido una prórroga para seguir investigando al imputado. Esa decisión fue revisada por un juez de juicio y, posteriormente, en lo que se denomina control horizontal, por otro magistrado del Foro de Jueces y Juezas de Viedma. 

Luego, el legajo fue enviado al Tribunal de Impugnación y, posteriormente, al STJ. En ese momento el STJ anuló la decisión del Tribunal de Impugnación y dictó directivas acerca del control horizontal.

El Tribunal de Impugnación volvió a resolver, aunque no cumplió con las pautas que dispuso el STJ. Nuevamente el legajo terminó, por un recurso, ante el máximo tribunal provincial.

El fallo

La sentencia del STJ volvió a reforzar, como en otros fallos, la caducidad de la instancia en la etapa de investigación preparatoria por incumplimiento de los plazos procesales que debe cumplir el Ministerio Público Fiscal.

La decisión final consideró que se ha prolongado indebidamente el procedimiento recursivo y que el Tribunal de Impugnación no trató las cuestiones dispuestas en el reenvío.  Ello impactó directamente en el derecho del acusado de ser juzgado en un plazo razonable sin dilaciones indebidas. En función de esos argumentos dispuso el sobreseimiento. 

En cuanto a los plazos, el vencimiento del 19 de julio de 2022 no fue cuestionado. Aun agregando los nueve días de feria y corriendo tal vencimiento al 31 de julio, la Fiscalía presentó su acusación el 2 de agosto cuando la solicitud de sobreseimiento ya estaba ingresada y pendiente de resolución.

Fuero: Público,
Tribunal: Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Viedma,
Voces: prolongación indebida del procedimiento recursivo, plazos procesales que debe cumplir el Ministerio Público Fiscal,

Fuente: justicia río negro

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