La Cámara alta aprobó el proyecto impulsado por organizaciones populares para darle el título de propiedad a habitantes de más de cuatro mil asentamientos.
El Senado convirtió en ley este miércoles el proyecto para regularizar el dominio de alrededor de 4.400 barrios populares, villas y asentamientos de todo el país, con el fin de que sus habitantes puedan acceder al título de propiedad de la parcela que ocupan. El proyecto, impulsado desde organizaciones populares como la CTEP y tomado por Cambiemos, fue votado como parte de un paquete sin debate a propuesta del jefe del bloque Justicialista, Miguel Pichetto. Los senadores Esteban Bullrich y Pedro Braillard Poccard, del Pro, se opusieron a que la votación se efectuara sin discusión previa, indicó Parlamentario.com. “El tema lo ameritaba. Hay 935 mil familias que por primera vez van a poder decir ‘somos dueñas de nuestro hogar’”, dijo el bonaerense. La flamante ley declara de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles donde están asentados los barrios populares, con participación obligatoria de las provincias y municipios involucrados. Sólo serán alcanzados los barrios ya relevados e identificados en el RENABAP (Registro Nacional de Barrios Populares en Proceso de Integración Urbana) y cuya propiedad no sea del Estado Nacional.
La organización Techo define al asentamiento como “un mínimo de ocho familias agrupadas o contiguas, donde más de la mitad de población no cuente con título de propiedad del suelo ni con acceso regular al menos dos de los servicios básicos: red de agua corriente, red de energía eléctrica con medidor domiciliario o red cloacal”. El sujeto expropiante de la ley será la Agencia de Administración de Bienes del Estado, que junto al Ministerio de Desarrollo Social deberá celebrar acuerdos con las provincias, los municipios y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el objeto de transferir los bienes inmuebles que estén bajo su titularidad. Todos los gastos que se deriven de los convenios “serán afrontados en partes iguales por las jurisdicciones firmantes”. Pero además, se autoriza al PEN a crear un fideicomiso “con el objeto de financiar la totalidad de las actividades que resulten necesarias para llevar adelante el objeto de la ley”. La norma también establece la suspensión de los eventuales desalojos que puedan estar en curso mientras se desarrolla el proceso de regularización dominial.
Fuente: Infobae Profesional