El seguro no respondió a la denuncia en tiempo y forma, y debe cubrir el siniestro.

La compañía citada al juicio en garantía no cumplió con las previsiones de la ley que rige su actividad, por lo que el tribunal concluyó que debía atender el reclamo efectuado por el asegurado

 

La Cámara 7ª Civil y Comercial de Córdoba confirmó la sentencia de primera instancia que desestimó el pedido de rechazar una cobertura de seguros porque entendió que la respuesta dada al asegurado fue extemporánea. El tribunal destacó, al igual que el a quo, que las aseguradoras tienen la obligación de responder al asegurado dentro de los 30 días de producido el siniestro o pedir una suspensión del plazo, si éste está en un supuesto que la ley autorice.

 

Fuente: Comercio y Justicia (cba)

 

 

Reclaman que se haga juicio a funcionarios de Aduana, por varios delitos.

 

Entre los elementos probatorios que citaron los fiscales al hacer su requerimiento hay un importante caudal de interpretaciones telefónicas entre los imputados, direccionadas a ejecutar las maniobras. Los diálogos coinciden con los registros migratorios

 

Los fiscales Aníbal Martínez y Carlos Schaefer, a cargo de las Fiscalía Federal de Paso de los Libres y de la Fiscalía General ante la Cámara de Apelaciones de Corrientes, respectivamente, junto al fiscal cotitular de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac), Gabriel Pérez Barberá, requirieron la elevación a juicio parcial del proceso seguido contra 13 individuos -entre los quienes figuran 10 funcionarios o empleados de la Dirección General de Aduanas de aquella ciudad fronteriza correntina- acusados de conformar una organización dedicada al tráfico ilegal de mercaderías y bienes.

Según la investigación, la banda desplegó las maniobras delictivas entre septiembre de 2015 y diciembre de 2017. Fue desbaratada luego de una serie de allanamientos.

 

Se estableció que la integraban al menos dos grupos, con roles y jerarquías diferenciados. Por un lado, actuaron funcionarios públicos y personal que cumplía tareas en la aduana emplazada en el puente internacional que une las ciudades de Uruguaiana, Brasil, y Paso de los Libres, así como en el Complejo Terminal de Cargas (Co.Te.Car). En tanto, el segundo grupo estaba conformado por quienes se ocupaban del cruce transfronterizo de bienes (en la jerga, “pasadores” o “paseros”).

En todos los casos, el contrabando se materializaba con la connivencia de los integrantes del primer conjunto.

En abril, la jueza del caso procesó a los funcionarios por incumplimiento de deberes, enriquecimiento ilícito, lavado de activos, contrabando y cohecho pasivo, medida que la Cámara Federal de Apelaciones confirmó en septiembre.

Hay varias causas que involucran a la banda, en las que se investiga su participación en conductas ilícitas como trata de personas con fines de explotación sexual, tráfico de drogas, contrabando de divisas y evasión tributaria, entre otras.

Entre los elementos probatorios que citaron los fiscales sobresale un importante caudal de interpretaciones telefónicas entre los imputados, siempre en vistas a la ejecución de las maniobras. Los diálogos coinciden con los registros migratorios; es decir, con el momento exacto de ingreso de los “pasadores” al país.

 

“Los cruces fronterizos se habrían realizado con aviso y con la connivencia de los funcionarios de la Aduana argentina, quienes conforme los acuerdos espurios previos garantizaban el cruce sin control aduanero”, concluyeron los agentes.

Así, mientras continúa la instrucción en relación con otras personas involucradas, solicitaron que los funcionarios y empleados aduaneros respondan en debate oral y público -según el caso y con distintos niveles de participación- por los delitos de incumplimiento de los deberes, enriquecimiento ilícito, cohecho pasivo, administración fraudulenta, contrabando y tenencia de arma de guerra.

Paralelamente, los representantes encuadraron la conducta atribuida a las tres personas encargadas de realizar los cruces fronterizos en las figuras de cohecho activo, asociación ilícita y tenencia injustificada de arma de guerra (un caso).

Finalmente, indicaron que restan producirse medidas de prueba específicas relativas al delito de lavado de activos, por lo que solicitaron profundizar esa línea de investigación.

 

Fuente: Comercio y Justicia (corrientes)

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