El profesional de las artes marciales que participó en un simulacro de pelea con una persona inexperta no puede reclamar una indemnización del daño sufrido, por cuanto asumió un riesgo al respecto.
Es procedente rechazar la demanda indemnizatoria iniciada por un profesional de las artes marciales que participó en un simulacro de combate realizado en un programa de televisión y resultó lesionado al caer una participante sobre una de sus piernas, porque al momento de producirse el daño el actor se encontraba realizando una práctica deportiva que implica necesariamente un contacto físico que importa una asunción de riesgo por parte de los participantes, en el caso un arte marcial y si bien no se trataba de un combate en una competición de alto nivel con la presencia de un ‘maestro’ y un juez o jurado, el hecho de que la práctica fuera llevada a cabo a título de ‘exhibición’ con una inexperta, no la tornaba totalmente inofensiva o carente de todo riesgo, como lamentablemente quedó demostrado a partir de las lesiones sufridas.
Si bien la asunción del riesgo que se traduce en el propio daño no configura, en principio, una causa de exoneración del demandado, excepcionalmente ello puede tener lugar cuando, tal como ocurre en el caso, el actor, experto en artes marciales, se expuso voluntariamente a un riesgo anormal o extraordinario, aunque propio de la disciplina que se llevaba a cabo y respecto de la cual tenía amplios conocimientos, consistente en realizar un simulacro de pelea en un programa de televisión y con una persona inexperta que cayó sobre una de sus piernas, lesionándola.
Fuente: MicroJuris.
Fuero: Civil
Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil
Voces: daños y perjuicios, indemnización, asunción del riesgo