El gobierno promulgó la reforma del Impuesto a las Ganancias

La modificación de la norma fue aprobada por el Congreso de la Nación el 8 de abril. Exime del pago del impuesto a trabajadores y trabajadoras cuyos salarios asciendan a 150 mil pesos.

Mediante el Decreto 249/2021, publicado hoy en el Boletín Oficial, el Presidente de la Nación Alberto Fernández, promulgó la Ley N° 27.617 que modifica el Impuesto a las Ganancias. La presente ley eleva el piso del impuesto a las ganancias a $150.000 para los trabajadores en relación de dependencia y de 6 a 8 haberes mínimos para los jubilados.

La modificación de la Ley 27.617 tiene retroactividad al 1° de enero de 2021. También entró en vigencia la modificación del Régimen de Monotributo.

La normativa actualiza las escalas de 2020, en el orden del 35 por ciento aproximadamente, y propone que quienes hayan facturado hasta un 25 por ciento más de la categoría más alta pueden permanecer en el régimen. Quienes superen el 25 por ciento deberán pasar al general con una transición escalonada para poder afrontar el incremento en la carga tributaria.

La presente ley establece un carácter transitorio de acceso al Régimen General de Impuestos para los inscriptos e inscriptas en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, que resultará de “aplicación únicamente para los y las contribuyentes cuyos ingresos brutos no superen, a la fecha que disponga la reglamentación, el cincuenta por ciento (50%) del límite de ventas totales anuales previsto para la categorización como micro empresas de acuerdo con la actividad desarrollada en la resolución 220 del 12 de abril de 2019 de la entonces Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa del entonces Ministerio de Producción y Trabajo y sus modificatorias, o la que en el futuro la reemplace”.

Asimismo, el texto indica que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) será la encargada, por única vez, de volver a categorizar a los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado, aun cuando esa adhesión hubiese ocurrido a partir del 1° de enero de 2021, inclusive, en la categoría que les corresponda.

Fuente: Palabras de Derecho

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