Se trata del Programa “Registradas”, que cubre el 50% del salario durante 6 meses. Se extiende el plazo de inscripción hasta el 31 de diciembre de 2023. Conocé todos los detalles.
A través del Decreto N°89/2023, el Gobierno Nacional oficializó la ampliación de los beneficios del Programa “Registradas”, mediante el cual el Estado paga el 50% de los salarios de las nuevas trabajadoras de casas particulares.
Además, se amplía el plazo de inscripción al programa hasta el 31 de diciembre de 2023 y se eliminan los topes de ingresos máximos anuales para que los empleadores puedan inscribirse en el programa.
El Decreto se enmarca en la creación del programa Registradas, lanzado en septiembre de 2021, que busca formalizar el trabajo informal de empleadas domésticas, el reconocimiento de los trabajos de cuidados y la bancarización de trabajadoras particulares. Los organismos que ejecutan son el Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, la AFIP, el Banco Nación y el Ministerio de Economía.
Según sostienen desde Casa Rosada, la medida incorpora a la cobertura de seguro por desempleo a más de 400 mil trabajadoras de casas particulares. Además se modifica con relación a los aportes jubilatorios para quiénes trabajan menos de 16 horas semanales para el mismo empleador/a. Así se reconoce el derecho a la jubilación para quienes prestan sus servicios en más de un hogar.
Asimismo en caso de no cumplimentar debidamente todos los puntos del Programa se tendrá que realizar una devolución, tal como aclara el artículo 11: “Cuando la empleadora o el empleador no cumpla con alguno de los requisitos establecidos (…) deberá realizar la devolución total del monto en pesos que se haya otorgado en el marco del referido Programa”.
Para el acceso al Programa Registradas, las personas empleadoras deberán presentar la siguiente información: Datos personales de empleador/a, datos del contacto de la persona empleada, horas semanales trabajadas, salario mensual de la persona empleada, periodicidad del pago del salario, y cualquier otra información que la autoridad de aplicación determine.
Vale aclarar que en el caso de personas travestis, transexuales, transgéneros y con hijes discapacitados, las condiciones del alcance del beneficio podrán ampliarse por encima del plazo de 6 meses. Además las personas contratantes con un ingreso menor al mínimo no imponible del impuesto a las ganancias, deberán transferir el porcentaje restante junto con aportes, contribuciones y ART.