El garante condenado no respondió en tiempo la demanda de lanzamiento ni planteó los supuestos errores de procedimiento mediante incidentes de nulidad. Compartirá gastos con los demandados.
El fiador de un contrato de locación no contestó en tiempo la demanda de desalojo contra los demandados, sus afianzados, y tampoco demostró oportunamente los supuestos errores de procedimiento mediante los incidentes de nulidad correspondientes.
Por ello, la Cámara Civil y Comercial de Segunda Nominación de Córdoba confirmó la sentencia del a quo por la cual se hizo lugar a la demanda de desalojo y sus consecuentes costas en contra de los demandados y el fiador.
Fuente: Comercio y Justicia.