La Cámara interviniente entendió que el Código Procesal Civil y Comercial (CPCC) era el aplicable al caso debatido.
El fallo confirmó el lanzamiento y decidió en favor de la empresa demandante. La Cámara 7ª de Apelaciones en lo Civil y Comercial de la ciudad de Córdoba confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a una demanda de desalojo planteada contra quien había alegado la tenencia de la vivienda, derivada de un vínculo laboral que lo unía con la sociedad accionante.
Fuente: Comercio y Justicia