La Corte Europea de Derechos Humanos consideró responsable al Estado de Bosnia y Herzegovina por violar la libertad de expresión luego de aplicarle una multa a un abogado que utilizó expresiones sarcásticas en un recurso.
Los hechos del caso tienen lugar en el estado de Bosnia y Herzegovina donde un abogado realizó un chiste dentro del escrito de un recurso de apelación respecto del trato que recibió por parte del tribunal. La tercera instancia revisora no sólo rechazó lo solicitado por el letrado, sino que también, le impuso una multa por desacato al tribunal por considerar insultantes las declaraciones del abogado.
En razón de la multa impuesta, el abogado recurrió lo resuelto ante la Corte Europea de Derechos Humanos por considerar vulnerado su derecho a la libertad de expresión, el cual se encuentra previsto en el artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. El Estado de Bosnia y Herzegovina alegó que no vulneró dicho derecho debido a que la multa perseguía conservar la autoridad del Poder Judicial y que, consistía en una injerencia necesaria en una sociedad democrática.
Sin embargo, la Corte expresó en su sentencia que las manifestaciones del letrado no pueden considerarse como ataques personales gratuitos con la única intención de insultar a un tribunal, y que tampoco fueron vertidas en público, sino que fue al mero fin de defender los derechos de su cliente en el marco del recurso de apelación.
Es por estas razones, que la injerencia estatal -realizada a través de la multa- no es proporcional a los objetivos legítimos perseguidos, es decir, a mantener la autoridad del Poder Judicial. Y, tampoco les asisten las razones a las autoridades nacionales para justificar dicha sanción puesto que el agravio expresado por el Estado no es relevante ni suficiente para limitar el derecho a la libertad de expresión.