EJECUCIÓN DE SENTENCIA. CUOTA ALIMENTARIA. CONVENIO NO HOMOLOGADO. PRINCIPIO DE EJECUCIÓN. Interpretación del convenio. Buena fe. Porcentaje de ingresos del alimentante: rubros incluidos.

El Caso: La ejecutante interpuso recurso de apelación en contra de la resolución que hizo lugar parcialmente a la impugnación formulada por el ejecutado en relación a la liquidación de diferencias de cuotas alimentarias adeudadas y le ordenó a la ejecutante que formule nueva liquidación conforme a las pautas dadas en relación al cálculo del capital adeudado (debiendo ser calculados conforme el valor “básico” de la hora cátedra). La queja del apelante se centra en la interpretación realizada por la a quo del convenio de partes, ya que ésta consideró que corresponde tomar el valor básico de la hora cátedra para calcular el monto correspondiente a la mesada alimentaria, sin ningún aditamento, y no con la inclusión de rubros tales como antigüedad, adicionales y otros como lo pretende la impugnante. La alzada hizo lugar al recurso, revocó la resolución y aprobó la liquidación con costas al ejecutado.

Cám. de Flia. de 2º Nom. Cba., Auto nº 3, 9/2/2018, “A., A. C., E. – Divorcio vincular – No contencioso”

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