DOCTRINA – Reflexiones regulatorias económicas tecnológicas: una visión desde el derecho administrativo sobre la Central Bank Digital Currency. Autor: Juan Manuel Negrini Themtham.

Introducción

En la actualidad, debido a la evolución tecnológica y al incremento de operaciones financieras con criptoactivos por parte de los agentes económicos de mercado, los Nuevos Estados Reguladores -protagonistas de la garantía regulatoria del crecimiento económico y social- han evaluado la factibilidad jurídica-económica de emitir su propia moneda digital estatal fiduciaria o su homónimo en inglés Central Bank Digital Currency (CBDC). Esto se debe a que su principal propósito es dar una solución a la creciente demanda social de dinero digital -en sus diversas modalidades-, y -también- reemplazar y/o complementar -en la medida que sea posible- al dinero fiduciario físico circulante en la economía.

Por su parte, además, se suman a la agenda política de los Estados los principales beneficios que podría traer la emisión digital estatal. Varios de ellos son la agilización transaccional interoperativa entre los usuarios y oferentes de mercado; la reducción de riesgos sistémicos operatorios; la disminución de costos de emisión, depósito, transporte y transacciones; la promoción para la inclusión financiera; el control del lavado de activos, evasión impositiva y financiación del terrorismo; la mitigación de la falsificación monetaria y una mayor optimización para la toma de decisiones de las políticas monetarias de emisión. Por lo que hoy las CBDC se encuentran en el epicentro del debate gubernamental de los bancos centrales.

En este orden de ideas, países como Estados unidos, China y la misma Unión Europea, entre otros, han comenzado a desarrollar proyectos tecnológicos -bajo la plataforma blockchain o en un registro mayor distribuido (distributed ledger technology)- de monedas digitales estatales de creación por los bancos centrales o CBDC, con el objeto formar parte de este nuevo paradigma digital; que revoluciona la eficiencia transaccional económica digital entre los agentes económicos. Es decir, buscan desplegar una alternativa a la revolución digital de las criptomoneda para los usuarios del dinero digital.

No obstante, el escenario argentino dista mucho de este nuevo paradigma digital para la adopción de monedas digitales estatales de creación por los bancos centrales o CBDC. Recientemente, funcionarios del gobierno argentino se han mostrado escépticos en su implementación, alegando que podría ser perjudicial para la estabilidad financiera nacional. Asimismo, reguladores como el Banco Central de la República Argentina y la Comisión Nacional de Valores han expresado una notable preocupación al uso de las criptomoneda, advirtiendo posibles riesgos para los usuarios e inversores de este nuevo “universo crypto”.

Afortunadamente, parece que gran parte del sector privado (nacional e internacional) y la tendencia regulatoria económica mundial de la mayoría de los Estados comprenden la importancia de este nuevo paradigma digital y su impacto en la economía mundial. Por lo que tal situación no escapa -en principio- de un intento regulatorio argentino, como resultado de la sinergia empresarial y estatal consensuada, que diseñe un marco regulatorio para criptoactivos (en particular los CBDC), con la finalidad de fomentar el universo crypto nacional; pese a ser hoy una actividad desregulada, desprovista de seguridad jurídica y con regulación no económica dispersa.

Por lo tanto, bajo esta premisa -en primer orden para el presente trabajo- se darán unas precisiones sobre el punto de partida de las CBDC, unas referencias terminológicas iniciales del instituto de la regulación económica y un breve desarrollo del contexto internacional del paradigma del Nuevo Estado Regulador. Luego se analizará el marco teórico correspondiente de la regulación económica o intervención estatal económica contenido, esencialmente, en la teoría de la regulación económica administrativa, especificando su conceptualización y su tratamiento doctrinario. Por otro lado, con respecto a las CBDC, se abordará su aspecto constitucional y legal específico con relación a la potestad emisora del Estado de moneda fiduciaria. Enseguida -más particularizadamente- se desarrollará el contenido emergente del andamiaje regulatorio argentino que podría contemplar a las Central Bank Digital Currency (CBDC). Además, se intentará contrastar los CBDC con otros tipos de criptoactivos, a los fines de una acabada individualización. Finalmente, se expondrán algunas consideraciones a modo de conclusión.

Fuente: Revista
Derecho Público
Número
56
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