DOCTRINA – Los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Conflictos interpretativos. Autor: María Teresa García.

1. Introducción. Objetivos

El interés por los “Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales” (DESCA) radica, al menos en lo personal, en dos cuestiones. En primer lugar, por su ardua discusión referida primero a su naturaleza jurídica, esto es si constituyen o no un catálogo de derechos subjetivos reconocidos y plenamente exigibles. Y, en segundo término, por el rol que deben cumplir los jueces a los efectos de garantizarlos, en miras de hacerlos operativos ante omisiones de las autoridades públicas.

Es innegable que estos derechos han generado, a su vez, nuevos paradigmas cualitativos en el diseño de procesos judiciales y la renovación de estrategias de litigio judicial en casos complejos, en los que se enfrentan violaciones estructurales que son generalmente fruto de un nudo sistemático de acciones y omisiones estatales. Una nota característica de estos procesos es la importancia que adquiera la etapa del diseño de una solución que remedie unas deficiencias ya comprobadas y condenadas judicialmente . De allí la necesidad de sentencias y procesos adecuados que tiendan a más de la reparación, a medidas de no repetición.

Es así que la garantía y real eficacia de estos derechos demandan de un proceso estratégico, diferente al litigio clásico donde hay un actor y un demandado, cuya sentencia solo producirá efectos en el caso concreto.

La solución a estos problemas requiere de otras respuestas, las que reiteramos si no son brindadas por las autoridades públicas deberá procurarlas el Poder Judicial.

Es de destacar que en el Sistema Universal e Interamericano de Derechos Humanos la preocupación por los DESCA no pasa desapercibida, sino por el contrario, existe un claro interés a nivel mundial de erradicar la pobreza y el hambre en el mundo, garantizar el acceso de todos al sistema de salud, a la educación, al acceso al agua potable, al trabajo, la vivienda, a un medio ambiente sano y lograr la igualdad real de oportunidades e inclusión.

La Agenda 2030 para el desarrollo sostenible adoptada en septiembre de 2015 por la Asamblea General de la ONU, así como la actividad desplegada por la Relatoría de Derecho Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales de la ONU, son un claro ejemplo de ello.

La Agenda 2030 plantea 17 Objetivos con 169 metas de carácter integrado e indivisible que abarcan las esferas económica, social y ambiental.

En dicha oportunidad los Estados subrayaron que “estamos resueltos a poner fin a la pobreza y el hambre en todo el mundo de aquí a 2030, a combatir las desigualdades dentro de los países y entre ellos, a construir sociedades pacíficas, justas e inclusivas, a proteger los derechos humanos y promover la igualdad entre los géneros y el empoderamiento de las mujeres y las niñas, y a garantizar una protección duradera del planeta y sus recursos naturales” .

Es evidente que el gran desafío actual de la humanidad es garantizar el acceso de los DESCA, como realización de la dignidad humana inherente e inalienable al ser humano.

Fuente: Revista
Derecho Público
Número
63
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