DOCTRINA – La filiación y sus fuentes en el Derecho argentino. La carencia normativa en la procreación humana asistida. Autora: Adriana N. Krasnow

Antes de comenzar, advertimos al lector que este trabajo es una adaptación de la ponencia presentada en el XV Congreso Internacional de Derecho Familiar (Cuernavaca, México, 27 al 31 de octubre de 2008). En el mismo se analiza el instituto de la filiación y sus fuentes en el Derecho argentino, prestando especial atención a la carencia normativa que afecta a la procreación humana asistida.

Para cumplir con el objeto de estudio seleccionado, se desarrollan los aspectos siguientes: 1) la filiación en el derecho argentino: norma y realidad; 2) la procreación humana asistida como fuente de un vínculo filial; 3) la verdad biológica y la voluntad procreacional; 4) el derecho a la filiación y el derecho a la identidad; 5) distintos supuestos de inseminación y/o fecundación.

Con este recorrido se busca describir sus particularidades, como una forma de crear conciencia en la comunidad jurídica respecto a la necesidad de diseñar propuestas para un marco regulador especial de la procreación humana asistida en el Derecho argentino.

1. La filiación en el derecho argentino: norma y realidad

La filiación es el vínculo jurídico entre padres e hijos que tiene normalmente como presupuesto determinante el vínculo biológico (filiación por naturaleza), pero también puede encontrar su fuente en la ley misma (filiación por adopción)1 .

Este instituto se distingue de los otros que conforman el derecho de familia, por los permanentes cambios experimentados en el tiempo y que son producto, en gran medida, de la coexistencia de dos variables: a) cambios sociales y b) impacto biotecnológico.

En este sentido, puede afirmarse que la adopción y la igualdad de los hijos nacidos dentro o fuera del matrimonio son el resultado de los cambios acaecidos en la realidad social, mientras que la incorporación de la prueba biológica para la determinación positiva de la filiación y las técnicas de reproducción humana asistida responden a la incidencia de la biotecnología en el ámbito jurídico.

Destacamos que el instituto de la filiación atravesó durante años un proceso de evolución legal gradual, que sólo permitió debilitar parcialmente la rigidez dispuesta en el Código Civil argentino, manteniéndose vigente la diferencia en el reconocimiento de los derechos entre los hijos nacidos dentro y fuera del matrimonio. Recién con el cambio de contexto sociopolítico comienza a perfilarse un cambio.

Fuente: Revista
Familia & Niñez
Número
57
Actualidad Juridica Online - Pruébelo sin cargo!