DOCTRINA – El fallo Gahan y su interpretación restrictiva: una cuestión de competencia en conflictos ambientales locales. Autor: Natalia Langer.

1.  Introducción

En un fallo del 4 de junio del corriente año la Corte Suprema de Justicia de la Nación se pronunció en la causa “Gahan, Juana María y Otros c/ Córdoba, Provincia de s/Amparo Ambiental”1 en el cual se hace un análisis sobre cuál es el juzgado competente para intervenir en la causa.

En el presente artículo lo que haré será relatar la sentencia, compararla con otras causas planteadas ante la Corte y hacer un breve análisis sobre las cuestiones de competencia en materia ambiental.

2. Planteamiento causa Gahan

Se trata de una causa que fue promovida en instancia originaria del tribunal para discutir la ausencia de evaluación previa de impacto ambiental respecto de las obras que llevaba a cabo la Provincia de Córdoba como parte del “Plan Estratégico de Manejo de Excedentes Hídricos y Regulación de Bajos Naturales en Zona Sudoeste de Santa Fe y Sudeste de Córdoba ‘Tramo I: Sur Ruta Provincial N.°11 – Cañada de Jume – Tramo II: Bajo Moore -Sur Ruta Provincial N.° 11 – Tramo III: Arias – Bajo Moore”. Es decir, se está ante un plan de obras acordado entre las Provincias de Córdoba y Santa Fe.

La demanda fue iniciada contra la Provincia de Córdoba, y se cita a la Provincia de Santa Fe como tercero.

Según se desprende de la sentencia, los actores “Pretendieron, de manera preliminar y urgente, el dictado de una medida cautelar de no innovar, por la cual se disponga la suspensión inmediata de las obras hasta que se resuelva el fondo del asunto en autos. Alegaron tener fundadas y urgentes razones para solicitar dicha medida ante la justicia federal de Córdoba, aun cuando esta debería tramitar ante la competencia originaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en razón del desplazamiento de competencia previsto en el segundo párrafo del art. 196 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación”.

Fuente: Revista
Derecho Público
Número
42
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