DOCTRINA – EL BURN OUT O SÍNDORME DE ESTAR QUEMADO PROFESIONALMENTE COMO UNA ENFERMEDAD O ACCIDENTE DEL TRABAJO. Autor: Analía Andrea Lavín.

I. Introducción

Sabemos que la defensa de la salud es uno de los derechos fundamentales de los trabajadores, cualquiera que sea la empresa y sector en el que presten sus servicios a cambio de un salario, que exige una intensa lucha contra la siniestralidad laboral, principalmente en aquellos empleados, que por la naturaleza de su trabajo, deben permanecer en contacto directo y continuado con otras personas, tal es el caso de los docentes, profesionales de la salud, vigiladores, empleados del Poder Judicial, personal del Servicio Penitenciario, aquellos relacionados con la asistencia sanitaria y los servicios sociales, puesto son personas particularmente vulnerables, ya que pueden ser objeto de “riesgos psicosociales”, entre los cuales se incluye el llamado “síndrome del quemado” o de “desgaste profesional” o “burn out”, en inglés, también conocido como “estrés asistencial” por tener una mayor incidencia en determinados colectivos profesionales, puesto que es bien sabido que los ambientes laborales pueden ocasionar altos niveles de estrés en unas personas más que en otras.

Estamos ante una nueva modalidad de estrés laboral que requiere igualmente atención en el ámbito de las políticas de prevención de riesgos laborales, así como en las de apoyo a las personas que lo sufren para salir de esa situación desmoralizante, puesto que es una de las principales fuentes de riesgos psicosociales en cualquier organización laboral, sea pública o privada, padecida por trabajadores vinculados en el sector de servicios.

Con el transcurso del tiempo, es de notar que ésta especial categoría de trabajadores soportan de insuficiencia profesional, baja autoestima, evitación de relaciones interpersonales y profesionales, baja productividad e incapacidad para soportar la presión. Son sentimientos complejos de inadecuación personal y profesional, con deterioro progresivo de su capacidad laboral y pérdida de todo sentimiento de gratificación personal con la misma. Esta autoevaluación negativa afecta considerablemente a la habilidad en la realización del trabajo y a la relación con las personas atendidas.

No obstante, la forma y el ritmo con que se producen estos cambios degenerativos en el estado de salud del trabajador afectado no son iguales en todos los casos, generando sentimientos de frustración y conciencia de fracaso, existiendo una relación directa entre la sintomatología, la gravedad y la responsabilidad de las tareas que se realizan.

Nuestro trabajo consistirá en realizar un análisis del burn out, para luego preguntarnos si puede ser considerado una enfermedad o accidente del trabajo, como consecuencia de este serio proceso de deterioro de la calidad de vida del trabajador, a causa de las ocupaciones desarrolladas.1

Fuente: Revista
Derecho Laboral
Número
124
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