El representante del MPF postuló que debe admitirse la acción de amparo presentada por un matrimonio que solicita comprar dólares sin el pago de impuestos para afrontar el tratamiento médico de su hija en los Estados Unidos. La medida cautelar había sido ordenada, pero la demandante denunció su incumplimiento. El fiscal marcó el “carácter definitivo” que debe contener la orden para proteger el derecho a la salud y resguardar la especial protección de la niña.
El titular de la Fiscalía en lo Civil y Comercial y Contencioso Administrativo Federal N°8, Fabián Canda, opinó que debe admitirse la acción de amparo iniciada por un matrimonio para que se les autorice la compra de dólares, libres de impuestos, a fin de solventar el tratamiento médico de su hija de 12 años en una clínica de los Estados Unidos. El representante del Ministerio Publico Fiscal consideró también que la autorización debe tener carácter definitivo, para no afectar el derecho a la salud y a la especial protección que tienen los niños/as y las personas con discapacidad.
El caso
Los padres de la niña, que padece una enfermedad cardíaca congénita, interpusieron acción de amparo contra la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y el Banco Central de la República Argentina (BCRA), para que se declare la inaplicabilidad del capítulo 6 de la Ley 27.541, de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública, y de las normas sobre “Exterior y Cambio” emitidas por la Comunicación BCRA “A” 6844 y complementarias.
Aquella solicitud tiene como fin de que se los autorice a adquirir moneda extranjera, al tipo de cambio oficial, sin que se les cobre el impuesto PAIS ni se les apliquen las percepciones de los impuestos a las Ganancias y a los Bienes Personales, para solventar el tratamiento de su hija en una institución médica ubicada en los Estados Unidos, y en la cual es atendida desde 2015.
Oportunamente, el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°2 admitió la pretensión y el 26 de abril pasado hizo lugar a la acción de amparo y ordenó que se autorizara a los actores el acceso al mercado cambiario para adquirir los dólares necesarios para afrontar el tratamiento, sin que se les practicase ninguna percepción impositiva. Asimismo, dispuso que dicha autorización fuera por el plazo de tres meses o hasta que se dictara la sentencia definitiva. Esa medida fue apelada por las demandadas, pero confirmada por la Sala V de la Cámara del Fuero, en mayo pasado.
Sin embargo, los actores denunciaron el incumplimiento de la medida cautelar concedida.
La opinión de la fiscalía
Si bien oportunamente el BCRA informó que los actores ya habían podido adquirir el dinero necesario, el fiscal Canda consideró que debía expedirse sobre la cuestión, dada la naturaleza de los derechos en juego y las particularidades del caso.
En su dictamen, el representante del Ministerio Público Fiscal entendió que debía hacerse lugar a la acción de amparo interpuesta y “acordar carácter definitivo a las autorizaciones oportunamente concedidas, para adquirir la cantidad de moneda extranjera necesaria para solventar los gastos que demande el tratamiento, alojamiento y gastos diarios de la menor y su familia en el exterior”.
En tal sentido, señaló que estaba acreditado el diagnóstico médico de la niña y su atención. También destacó que la AFIP no niega que los gastos que demande el tratamiento médico están excluidos del pago de impuestos, y que el BCRA reconoció que la normativa cambiaria vigente tampoco establece restricciones al mercado de cambios para cursar pagos de ese tipo.
El fiscal Canda fundamentó su dictamen en el derecho a la salud -íntimamente relacionado con el derecho a la vida- y en las “convenciones internacionales que reconocen que los niños y las personas con discapacidad se encuentran en una situación de especial vulnerabilidad, que requiere una mayor protección por parte del Estado, a fin de garantizarles el goce de los derechos humanos fundamentales allí contemplados”.
Fuero: Civil y Comercial,
Tribunal: Fiscalía en lo Civil y Comercial y Contencioso Administrativo Federal N°8,
Voces: dictaminaron, compra, moneda extranjera, libre de impuestos, tratamiento médico, exterior, amparo, EEUU, derecho a salud,