DERECHO PROCESAL. PRUEBA TESTIMONIAL. Recepción fuera del asiento del tribunal. Requisitos de procedencia. PLAZOS PROCESALES. Plazos perentorios. Derecho a la conclusión del proceso en tiempo razonable.

El Caso: La juez de primera instancia declaró inadmisible el ofrecimiento de testigos domiciliados fuera del asiento del tribunal. Con posterioridad, desestimó el requerimiento de que dichas testimoniales se practicaran en la sede del juzgado ante el cual tramitaba la causa, por considerar que tal ofrecimiento resultaba extemporáneo, en razón de lo prescripto por el art. 212, 1º párrafo, CPCC. La Cámara de Apelaciones revocó dicha resolución y, en consecuencia, la demandada articuló recurso de casación. Finalmente, el Tribunal Superior de Justicia acogió el recurso de casación articulado.

TSJ, Cba., Auto 144, 27/7/2018, “Pérez Emma Cirila y otro c/ Municipalidad de Mattaldi – Ordinario – Cuerpo de prueba del actor en ‘Pérez Emma Cirila y otro c/ Municipalidad de Mattaldi’ – Recurso de casación (Expte. nro. 1595655)”.

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