Una Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Salta confirmó la resolución que aprueba la planilla de deuda por capital e intereses de un hombre que debía las expensas del club de campo en el cual poseía tres terrenos.
El tribunal salteño consideró que el depósito judicial del monto correspondiente a parte de lo adeudado importa reconocer la validez de la obligación que sirve de base a la ejecución así como reconocer la existencia de un título considerado hábil por quien reclama su cobro.
Fuente: Sistema Argentino de Información Judicial.