Depositar parte del monto reclamado implica reconocer tácitamente la deuda por expensas

Una Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Salta confirmó la resolución que aprueba la planilla de deuda por capital e intereses de un hombre que debía las expensas del club de campo en el cual poseía tres terrenos.

El tribunal salteño consideró que el depósito judicial del monto correspondiente a parte de lo adeudado importa reconocer la validez de la obligación que sirve de base a la ejecución así como reconocer la existencia de un título considerado hábil por quien reclama su cobro.

Fuente: Sistema Argentino de Información Judicial.

Actualidad Juridica Online - Pruébelo sin cargo!