La Corte Suprema de Salta confirmó la sentencia que declaró la nulidad de dos resoluciones del Instituto Provincial de la Vivienda por las cuales se desadjudica la vivienda a una familia.
El Máximo Tribunal salteño consideró que contienen vicios que las hacen nulas y vulneran el derecho de defensa, pues el organismo procedió a su dictado sin haber verificado la ocupación real y efectiva de la vivienda y sin tener constancias del incumplimiento de la intimación, sólo constató por mesa de entradas si los adjudicatarios presentaron o no una nota administrativa, sin valorar el acta por el cual se verificó la presencia del adjudicatario y la presencia de mobiliario en el interior de la casa o el testimonio de los vecinos que dijeron que el lugar era habitado.
Fuente: Sistema Argentino de Información Judicial.