La Cámara Federal de Paraná consideró que no es válida la prórroga hecha por decreto de la suspensión de la fórmula de movilidad. Ahora, a la Corte
La Cámara Federal de Paraná declaró la inconstitucionalidad de los decretos en los que el Poder Ejecutivo estableció, de manera discrecional, los incrementos de las jubilaciones en marzo y en junio de este año. Es la primera vez que un fallo de segunda instancia rechaza los aumentos discrecionales de las jubilaciones .
La sentencia del tribunal aclara que lo dispuesto es para el caso concreto que se analizó en la demanda, correspondiente a un jubilado que obtuvo, en la primera mitad del año, una suba de su haber de 8,56%, cuando por la ley de 2017 le hubiera correspondido un 23%.
Argumentos
Por mayoría, en el caso «Cabrera, Roque Agapito c/ Anses sobre reajustes varios», los jueces declararon, para el caso concreto, la inconstitucionalidad de los decretos 163/2020 y 495/2020 «en la medida en que los incrementos por movilidad jubilatoria allí establecidos resulten inferiores a los que hubiese correspondido por aplicación de las pautas de la ley 27.426».
La aplicación de dicha ley estuvo suspendida durante todo este año y con ella hubiera resultado un reajuste anual de haberes de 42%, en lugar de las subas de entre 24,3 y 35,3% que en la práctica obtienen en este 2020 los jubilados.
Además, el fallo sostiene que es inconstitucional la prórroga hecha por decreto de la suspensión de la fórmula de movilidad de la ley 27.426, una medida que originalmente había sido aprobada por el Congreso de la Nación.
Por esto último, se señala que cumplidos los 180 días establecidos en la ley 27.541 (un plazo que se cumplió en junio), la modalidad de cálculo prevista en la ley de 2017 para la actualización de los haberes jubilatorios «retoma su vigencia».
A la resolución contraria a tres decretos del Poder Ejecutivo (que, en la práctica, invalidan los cuatro aumentos otorgados este año por el Gobierno sin contemplar ningún parámetro objetivo) se llegó por los votos de los jueces Mateo Busaniche y Beatriz Estela Aranguren.La suspensión de la fórmula jubilatoria perjudicó a los jubilados, indica el fallo
Entre sus argumentos, los jueces sostienen que el incremento que hubiera resultado de aplicarse la fórmula de la ley 27.426 con el porcentaje de suba que efectivamente tuvo el haber mensual del jubilado demandante era mayor al otorgado por decreto.
«Al comparar dicho porcentaje [23%] con el 8,56% acumulado de movilidad instituido por decreto, la desventaja en que ha quedado el sector pasivo luce palmaria», señala el magistrado. Y agrega que «cabe advertir la ausencia de otros datos que permitan afirmar que los aumentos otorgados resultan suficientes para considerar que se ha cumplido razonablemente con las pretensiones de suficiencia de las prestaciones y de garantizar cierta estabilidad real en los beneficios previsionales frente a diferentes contextos macroeconómicos».
Lo más probable ahora es que, con una apelación por parte del Gobierno mediante, el tema llegue a la Corte Suprema de Justicia, que debería en tal caso dar su palabra sobre el tema.
Para el Gobierno, los aumentos beneficiaron a los jubilados
«Todos podemos opinar, pero las matemáticas no son subjetivas. Con nuestra fórmula, este año los jubilados le ganaron a la inflación y con la de Macri perdieron», afirmó Raverta en diálogo con Radio 10.
Y explicó: «El aumento de diciembre hubiese sido del 4,5%. Es decir que nuestro aumento es superior al que hubiese ocurrido con el cálculo anterior«. Ayer el Gobierno confirmó que el aumento que se dispondrá por decreto para fin de año será de 5%.
Al respecto, aseguró que este será el último aumento por decreto ya que esperan que desde marzo rija la nueva fórmula que se discute en el Congreso.
«El 10 de diciembre nos comprometimos a poner a la Argentina de pie. Tenemos que construir un proceso de crecimiento con inclusión social», dijo la titular de ANSES. Y remató: «Empezamos el proceso de recuperación de los haberes jubilatorios. Los jubilados que cobran la mínima no perdieron con la inflación».
Cómo serán los aumentos
El Gobierno otorgará un aumento por decreto del 5% a 18 millones de jubilados, pensionados y titulares de asignaciones. Así, los haberes acumularán un incremento anual de entre el 24,25% y 35,31% dependiendo de las escalas, lo que significa que un sector quedará por debajo de la inflación oficial proyectada del 32%.
En este marco, surge la duda de si los jubilados habrían recibido un aumento mayor de sus haberes de haberse mantenido la fórmula de actualización que el actual Gobierno suspendió.
El hecho es que el Ejecutivo fijó aumentos por decreto este año después de la suspensión de la movilidad en diciembre, ajustada un 70% por inflación y un 30% por salarios.
Bajo el esquema previo, correspondía un ajuste del 4,48% en diciembre. Pero de haberse mantenido vigente, todos los jubilados y pensionados le hubieran ganado a la inflación proyectada este año, ya que hubieran percibido en forma homogénea un incremento del 41,04%. Los jubilados reciben una nueva suba por decreto.
Cómo quedarán los haberes entre diciembre y febrero
Según el borrador del proyecto de decreto al que accedió iProfesional, el cuarto incremento trimestral estará vigente en diciembre de 2020 y enero y febrero del año próximo. Y se sumará a las subas previas por decreto de entre 3,75% y 12,96% en marzo, 6,12% en junio y 7,5% en septiembre.
El texto de la medida que fue oficializada esta tarde dispone que las todas las prestaciones previsionales a cargo de la ANSES «tendrán un incremento equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) sobre el haber devengado correspondiente al mensual noviembre de 2020″.
De esa mamera, se descartó la variante que evaluaban en algunas áreas de otorgar una suma fija y un aumento porcentual, equivalente a un aumento de hasta el 5% sobre la masa de haberes actual.
Con esta suba, el haber mínimo aumentará de $18.129 a $19.035; el medio, de $27.600 a $28.980; el máximo, de $121.990 a $128.089; la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), de $14.503 a $15.228; las Pensiones no Contributivas (PNC), de $12.690 a $13.324, y la AUH, de $3.540 a $3.717.
Hoy, el 70% de los pasivos percibe un ingreso igual o menor a la mínima, muy por debajo de la canasta de pobreza de $45.000 medida por la defensoría porteña de la Tercera Edad. De un total de 8,5 millones de beneficios, 4,3 millones cobran la jubilación mínima o un haber menor; 1,3 millones, la PNC; y 167.000, la PUAM, según datos de ANSES.
Alberto Fernández anunció este miércoles que «en diciembre va a haber una corrección de las jubilaciones«. «Eso es seguro porque somos conscientes de que lo tenemos que hacer y además porque no queremos que las jubilaciones queden por debajo de la inflación», dijo el jefe del Estado en declaraciones al canal A24.
El Presidente sostuvo asímismo que «las jubilaciones mínimas de hasta 25 mil pesos le estuvieron ganando siempre a la inflación» en el año. El resto de los haberes, en cambio, quedó por detrás de la evolución de los precios prevista por las autoridades.
Fuente: Iprofesional
Fuero: Federal
Tribunal: Cámara Federal de Paraná
Voces: jubilaciones, aumentos discrecionales, inconstitucionalidad