El Caso: Se recovó parcialmente la sentencia de primera instancia y, en consecuencia, condenó por irresponsabilidad contractual a la Superintendencia de Seguros de la Nación. Se consideró que la Superintendencia había incurrido en una omisión antijurídica al autorizar un seguro de responsabilidad civil para transportes con un tope de cobertura para daños personales y materiales de los pasajeros; cuando, en función de lo dispuesto por el art. 25 de la ley 20091, debía cuidar que las condiciones contractuales de los contratos de seguro sean equitativas. En contra de dicha resolución, la Superintendencia planteó recurso extraordinario. La Corte Suprema de Justicia de la Nación acogió el recurso y, por lo tanto, revocó la resolución de la Cámara.
CSJN, 6/11/2018, “Albo Modesta del Valle y otros c/ Giménez Viajes SRL y otros s/ daños y perjuicios”