La justicia de Mar del Plata condenó a una concesionaria vial por la muerte de un hombre que chocó con una vaca suelta en la ruta.
Deberá abonar a una millonaria indemnización a sus hijas. En los autos «Santecchia Guillermo Juan y otro c/ Basile Rubén Alfredo y otro s/ daños y perjuicios», la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Mar del Plata responsabilizó a una concesionaria vial por un accidente producto de una vaca suelta en la ruta donde un hombre perdió la vida. Los miembros del Tribunal sostuvieron que, como no se pudo identificar al dueño del animal, la empresa no puede eximir su responsabilidad contractual y corresponde que indemnice a las hijas del conductor que perdió la vida en el accidente que se produjo al chocar con el animal muerto que yacía al costado de la ruta. Los magistrados coincidieron en que era responsabilidad de la demandada verificar la inexistencia de alambrados rotos o flojos y de tranqueras abiertas a la vera de la ruta; «recorrer permanentemente las mismas a los fines de alejar de la misma los animales sueltos que, como ocurrió en el caso de autos, constituyeran un obstáculo a la libre circulación vehicular». Asimismo, debió colocar carteles que alertaran acerca de la posible existencia de los mismos y no que solamente hicieran saber la obligación de los usuarios de denunciar su existencia.
Para calcular las indemnizaciones a las hijas del fallecido, los camaristas resaltaron que “la vida humana no tiene un valor económico per se, sino en atención a lo que produce o pueda producir y la supresión de aquélla, además de las consecuencias de índole afectiva, ocasiona otras de orden patrimonial, y lo que se mide con signos económicos son las consecuencias que sobre los patrimonios acarrea la brusca interrupción de una actividad creadora, productora de bienes”. Finalmente, los titulares de la Cámara resolvieron condenar a la concesionaria vial a abonarle a las dos hijas una indemnización millonaria, en concepto de las lesiones que sufrieron y los gastos médicos. Para los jueces, el hecho no fue ni imprevisible ni inevitable y consideraron que la concesionaria no demostró haber tomado las medidas preventivas para evitar la situación de peligro que implicaba la posible existencia de un animal vacuno en la autovía.
Fuente: Diario Judicial