Cualquiera de los titulares podía cobrar el plazo fijo.

Desestimaron el planteo contra Citibank NA iniciado por uno de los sindicados para percibir la suma pactada en el documento.

Aducía haber sido perjudicado, pero el tribunal rechazó su pretensión resarcitoria. La Cámara 7ª de Apelaciones en lo Civil y Comercial de la ciudad de Córdoba confirmó una sentencia de primera instancia que rechazó una demanda entablada en contra del Citibank NA Sucursal Córdoba. Para el tribunal, la entidad financiera actuó correctamente al permitir el cobro de un certificado de plazo fijo a los titulares indistintos del mismo.

Fuente: Comercio y Justicia

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