Cruzó el semáforo en rojo, atropelló a un motociclista y deberá indemnizarlo por más de un millón de pesos.

Una sentencia de primera instancia, que aún no está firme, condenó a la conductora de una camioneta y a su aseguradora a abonarle a un hombre la suma de $ 1.034.351 más intereses por un accidente ocurrido en pleno centro de Cipolletti.

El hombre que fue víctima se movilizaba en una moto y en la esquina de Sarmiento e Yrigoyen fue embestido por una mujer que circulaba en una camioneta Honda CRV y que cruzó el semáforo en rojo. El motociclista sufrió lesiones, debió ser intervenido quirúrgicamente y la pericia arrojó una incapacidad del 12,6%. La jueza civil Soledad Peruzzi, al momento de fijar la indemnización, consideró los rubros de daño psicológico, daño moral, gastos médicos, lesiones físicas e incapacidad y daños materiales para reparar la moto. “De acuerdo al mérito probatorio que desarrollaré, quedó determinado que el automóvil conducido por la Sra. pasó el semáforo en rojo impactando con la motocicleta conducida por el aquí actor, quien cayó al suelo y fue luego atendida en el hospital, padeciendo lesiones. El actor así probó el daño padecido que se derivó causalmente del contacto con la cosa riesgosa cuya guarda corresponde a la demandada, mientras que no ha podido la accionada demostrar el hecho del damnificado, que hubiera incidido ni siquiera parcialmente en la producción de esa consecuencia perjudicial derivada del accidente producido”, dice la sentencia.

El apartado sobre lesiones físicas e incapacidad fue el rubro que arrojó el monto más alto en la indemnización, según las calculadoras de incapacidades y la de intereses disponibles para la consulta pública en la página web del Poder Judicial. Ese monto alcanzó los 903.667 pesos con intereses hasta la fecha de la sentencia. Afirmó la jueza Peruzzi: “en un contexto como el que nos ocupa, teniendo en cuenta que se trata de una lesión de la que se derivan consecuencias que acarrean limitaciones (bien que parciales), que acompañarán al actor por el resto de su vida, relacionadas causalmente con el accidente que originó estas actuaciones; esa disminución graduada por el perito en el 12,6% la considero adecuada al caso de autos, por cuanto dado el déficit funcional evidenciado, es un porcentaje que no aparece desmedido para traducir la incapacidad atribuida”.

Fuente: Poder Judicial Rio Negro

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